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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#1006

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

sí,me paso de rentas,entonces no hace falta declararlo en el mismo mes no?
#1007

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

NO es necesario, 
pero te recomiendo lo comuniques en la fecha en la que te den cita.


#1008

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 ¿como se puede hacer este cálculo con una renta que se imputa al día de su percepción y no al mes entero? También lo desconozco. 
  • La única opción sería que la GyP fuese todo el día 1 del mes ¿?..
  • El criterio debería ser meses de calendario para todo, meses naturales = 12.
  • El ir de fecha a fecha complica todo. El año puede salir con 13,14,15, étc,étc... meses.

  •  No, quiere decir que del 01/03/24 al 14/03/24 tiene 0 ingresos por este concepto, del 15/03/24 al 14/04/24 tiene 1000 euros de ingresos y del 15/04/24 al 30/04/24 vuelve a tener 0 ingresos por este concepto. 
  • Significa suspensión ? al ser un mes NO natural pero que de fecha a fecha sí supera límites ?
  • Si en lugar de 1.000 fuese 700 y el 03/03 ingresa 200, sumarían a los 700, ó el mes 03 sería del 01 al 14/03 = 200 y 15/03 a 14/04 ? = 700 ?

  si tiene un depósito a 3 meses con el pago de intereses el 12/03/2024 (por ejemplo), esos intereses corresponden al periodo del 13/12/2023 al 12/03/2024 y las rentas periódicas se imputan al día 1 de mes siguiente 
  • Los 18 días del mes 12 deberían poder imputarse al mes 12 que es donde se han generado y no al mes 01 !, pero las normas y reglamento son lo que son...

Gracias por todo loque aportas al foro !!!

#1009

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sí,lo haré a los pocos días de la venta,el día que me den cita 
#1010

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 
 ¿como se puede hacer este cálculo con una renta que se imputa al día de su percepción y no al mes entero? También lo desconozco. 
  • La única opción sería que la GyP fuese todo el día 1 del mes ¿?..
  • El criterio debería ser meses de calendario para todo, meses naturales = 12.
  • El ir de fecha a fecha complica todo. El año puede salir con 13,14,15, étc,étc... meses.

  •  No, quiere decir que del 01/03/24 al 14/03/24 tiene 0 ingresos por este concepto, del 15/03/24 al 14/04/24 tiene 1000 euros de ingresos y del 15/04/24 al 30/04/24 vuelve a tener 0 ingresos por este concepto. 
  • Significa suspensión ? al ser un mes NO natural pero que de fecha a fecha sí supera límites ?
  • Si en lugar de 1.000 fuese 700 y el 03/03 ingresa 200, sumarían a los 700, ó el mes 03 sería del 01 al 14/03 = 200 y 15/03 a 14/04 ? = 700 ?

  si tiene un depósito a 3 meses con el pago de intereses el 12/03/2024 (por ejemplo), esos intereses corresponden al periodo del 13/12/2023 al 12/03/2024 y las rentas periódicas se imputan al día 1 de mes siguiente 
  • Los 18 días del mes 12 deberían poder imputarse al mes 12 que es donde se han generado y no al mes 01 !, pero las normas y reglamento son lo que son...

Gracias por todo loque aportas al foro !!!

 
#1011

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No puede hacerse por meses naturales porque el RD 625/1985 dice claramente que los pagos únicos se imputan al día de la percepción y su efecto dura un mes, de fecha a fecha.
Si se tienen dos rentas seguidas, obviamente, se suman, cada renta se considera durante un mes (si es pago único, de fecha a fecha y si es renta periódica el mes natural). Puede pasar que con la primera renta no se supere pero al cobrar la segunda y sumarlas sí y como no puede existir una suspensión inferior a un mes, el efecto es el mismo

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1012

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días.

Si soy propietario de una segunda vivienda al 20% y esa vivienda está  ocupada por alguno de los otros propietarios (empadronados). ¿Aplicará el SEPE el 3,25% de presunto sobre mi 20% del valor catascal aunque no pueda hacer uso y por tanto obtener renta alguna de la vivienda?
#1013

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días.

Se aplica el 3,25% de presunta renta al dinero que está en una cuenta y cuyo rendimiento es 0?
Y si el rendimiento es exiguo y aparece en el irpf, se aplica el 3,35% o el que aparece en el irpf?
#1014

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Esto se ha comentado en este foro en multitud de ocasiones.

En ambos casos se aplica el REAL;   el que le da el banco y que le viene reflejado en el contrato de la cuenta y los extractos mensuales de liquidación.  
Si es cero,  0%
#1015

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¿ tiene la nuda propiedad o el pleno dominio ?
Si es lo segundo,  le aplicarán el rendimiento presunto.


#1016

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por la respuesta. Entiendo que tengo el pleno dominio; compramos la casa con la aportación explícita de cada parte y sin renuncia personal alguna al disfrute de la misma. 
#1017

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días.

Si vendo unas acciones o liquido un fondo y estos me dan beneficios, pero tengo pérdidas acumuladas de años anteriores que son mayores que el beneficio declarado, a la hora de hacer la declaración del irpf,  compensaré con las pérdidas. ¿Como lo trata el Sepe respecto al subsidio para mayores de 52 años?, ¿lo considera incremento patrimonial?. Gracias
#1018

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Rendimiento presunto.

#1019

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Eso de compensar pérdidas de años anteriores sirve a efectos del IRPF.
Para el SEPE,  no sirve. 

Como mucho podrá compensar pérdidas con ganancias si se generan dentro del mismo mes y bajo unas determinadas circunstancias. 

#1020

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola si cobro 400 euros de indemnizacion por placa de cocina y esos los invierto en otra placa tendria que declararlo,si fuera asi me pasaria 850