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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#19126

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ok, Entendido todo. salvo el punto 2. Me lo podrias explicar con un ejemplo, sobre todo el tema de los beneficios. Se sabe cuanto tiempo  se da como cotizado. 
Y como se puede contactar con el INSS para hacer estas preguntas , en la situacion en la que estoy. Muchas gracias....!!!!  
#19127

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Imagina que te conceden una Incapacidad Permanente Total (IPT) porque no puedes realizar tu trabajo habitual. Durante esta IPT, se cuentan algunos periodos como si estuvieras trabajando para calcular futuros beneficios.

**Ejemplo:**
- Trabajas por 5 años.
- Luego, te conceden la IPT debido a una enfermedad.
- Durante esos meses de IPT, se cuentan como si estuvieras trabajando para la seguridad social.

Ahora, después de un tiempo, te revisan y dicen que estás mejor y ya no necesitas la IPT. Entonces, podrían cambiar tus beneficios.

**Cambio en beneficios:**
- Los meses que estuviste en IPT aún cuentan como cotizados, pero si vuelves a trabajar, también se cuentan esos nuevos periodos.
- Podrías recibir menos dinero en beneficios porque ahora estás trabajando o tu situación ha cambiado.

En resumen, los beneficios pueden cambiar si te ponen mejor en una revisión, y la cantidad de tiempo que se cuenta como cotizado se calcula en función de tu situación y el tiempo en la IPT. 

En cuanto a contactar con el INSS, puedes coger cita a través de la página web para que te llamen y así aclarar las dudas que puedas tener. También puedes coger cita presencial. Pero como dije antes, sólo para dudas, el expediente lo dejaría "fluir" de oficio. 
#19128

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias!!!
#19129

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Creo y supongo que como las fechas van subiendo cada año....Hay que ver si tienes los años cotizados para poderte Jubilar, si no a los 67,y ver cómo te queda mejor si la Jubilación Ordinaria o una Jubilación con la IPT
#19130

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Imagino que será con jubilación IPA, ya que no me descontarían el IRPF. Gracias compañero 
#19131

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Depende de los años que tengas cotizados ya que se para la cotización cuando te dan una IP, 
Sabes que todas las IP son Revisables asta que tengas la edad de Jubilación?
Ánimo suerte y muuucha Salud 
#19132

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si lo sé. La tengo en 2 años, pero mi situación no va a ir a mejor.
#19133

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola mi recomendación es que tengas Paciencia y que  el .INSS te llamé, eso es lo que me recomendo CCOO y un abogado privado.
Ánimo suerte y muuucha Salud 
#19134

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

muchas gracias
#19135

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

¿Nadie se atreve a teorizar sobre lo que ha pasado con mi(s) expediente(s)?
Se aceptan todo tipo de teorías.
¡Expedientólogos del foro, yo os convoco!

Buenas noches, mañana a ver qué nueva sorpresa me deparará el futuro.

Santi 
#19136

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Vamos a ver si se te concede la incapacidad ya no cotizas a no ser que sea la total y comiences a trabajar.
Sobre el paro: para concederte la incapacidad se cogen los años cotizados es decir ya no tienes cotizaciones para coger el paro lo que si hay están subsidio una vez que te quiten la incapacidad.
#19137

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Estas seguro de esto? no es lo que me ha contestado Emilio44, por favor, este tema es importante saberlo. Quien lo sabe bien. No tiene ningun sentido, que yo tenga un paro maximo en este momento sin gastar, que me den una incapacidad, a los dos años me lo quiten, y me encuentre sin paro. Desde mi punto de vista. Quien sabe esto? y lo de que con incapacidad no se esta cotizando esta claro, pero segun Emilio44, si que se podria ver como periodo cotizado, (yo esto no lo se) y si me gstaria saber que periodos etc... yo ahora mismo tengo 59 años y tengo la cotizacion maxima, y cotizados 35 años, y me podria jubliar a los 65,  despues de estar muy muy malita este año, no me gustaria que me incapacitaran, que a los dos años revisaran, y tener que jubilarme a los 67. y no tener ni paro.. asi que por favor, quien sabe estos temas.  
#19138

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Que fuerte me parece que tengas que estar detrás de cada médico y luchando por algo que es competencia suya, no tuya. 
Y que vergüenza que un médico rehabilitador tenga un fallo tan grande como ese… Yo la verdad que he tenido mucha suerte tanto con trauma como con él y en todo momento me han reflejado lo que les iba diciendo y además lo que ellos valoraban tras la rehabilitación y los dolores que presentaba. Es verdad que me conocen ya muchísimo tiempo y al final te cogen cariño… Yo tenía 28 años en la primera operación y ahora 35 y me han ayudado muchísimo con los informes en ese aspecto… 
Te entiendo perfectamente, de verdad, una de las cosas que más me ha costado y me he recorrido cielo y tierra es por saber cuanta dismetria tengo.. porque ni ellos mismos la miden con exactitud. Me tuve que volver a repetir la telemetría hasta en 3 ocasiones por eso mismo… me volvía loca viéndome coja y los dolores que acarrea de espalda y de ingle. Me recorrí varias clínicas buscando el mejor podólogo que me diera una solución y pude dar con una que me ha hecho una plantilla biomecánica con alza incluida pero ya te digo que no corrigen al 100% puesto que sigo andando mal y con basculación izquierda, me cuesta andar recto.
Esto es muy importante que conste en tus informes también…porque es la principal secuela y además es irreversible, es de por vida, y tiene mucho peso.
Por todo lo demás decirte que sigas insistiendo a los médicos, estás en tu derecho de que reflejen la situación que estás viviendo en los informes y más de cara a un tribunal médico…
Yo no he tenido ningún perito, y en el tribunal médico ni siquiera aporté los informes ni imágenes que tenía en el CD, ya que me dijo que ellos lo ven en el sistema…y no quiso cogerme informes. 
Tampoco acudí a ningún a ningún especialista de daño corporal, todo lo que sea privado al final lo ponen en duda y lo que les vale al fin y al cabo es lo que valora la seguridad social.
Pero ya te digo si crees que puedes luchar por la absoluta, ves a muerte. 
Y si tienes que poner una queja/reclamación adelante, estás en todo tu derecho.
Eso si, búscate un buen abogado que sea experto en seguridad social y lleve incapacidades para que te pueda guiar o por lo que pueda ocurrir.
Un abrazo!
#19139

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo te cuento mi experiencia, yo tenía años cotizados para tener el máximo paro. Cuando me concedieron la IP fue para ver si era compatible con algún tipo de ayuda y mi sorpresa fue que mis cotizaciones las cogieron para calcular mi IP.
Es decir que mis cotizaciones ya las habían utilizado para la IP. Lo que si puedes es que ahora éster cobrando el paro y te concedan la IP y entonces si puedes elegir una cosa o otra.
Sobre la cotización yo estuve durante seis meses sin trabajar, y e vuelto a cotizar una vez que me dieron de alta.
Ahora si trabajas si que cotizas para un nuevo paro.
Lo que siete dan en caso caso de que tenla quiten es como un tipo de ayuda pero el paro si no vuelves a trabajar no tendrás paro.
También decir que yo estoy hablando de hace dos años.
#19140

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Marineta he encontrado esto
Pero es solo si con una IP trabajas para volver a acumular paro, puesto que el que ya tenías lo usan para tu IP actual
De todos modos consúltalo en el SEPE pero si no vuelves a cotizar (trabajar en algo compatible con tu IP) no tienes derecho a paro, quizá si a subsidios u otras prestaciones.
Pero lo dicho infórmate en el teléfono del SEPE

En consecuencia, la prestación por desempleo es compatible con el cobro de la pensión de invalidez que, a su vez, hubiese sido compatible con el trabajo que ha originado dicha prestación.

Este caso se suele dar en personas que tienen reconocida una incapacidad permanente total y consiguen un trabajo en un oficio distinto al que tenían antes de adquirir dicho reconocimiento.

Lo que ocurre en la incapacidad permanente total es que esta prestación va a ser incompatible con el paro generado previamente, pues ambas prestaciones provienen de la misma situación, de las mismas cotizaciones.

Ahora bien, el pensionista de IPT que encuentre un trabajo compatible con dicha prestación podrá compaginar esas dos situaciones; es decir, cobrar la incapacidad permanente total y el salario de ese otro trabajo compatible.

Además, con las cotizaciones de ese otro trabajo va a poder generar un nuevo paro, y este nuevo paro que genere a partir del reconocimiento de la incapacidad sí que será compatible con la IPT reconocida.

Si has cotizado por desempleo 360 días o más por haber realizado trabajos compatibles con la pensión de incapacidad, y cumples el resto de los requisitos exigidos, podrás acceder a la prestación por desempleo y percibirla simultáneamente con la de invalidez.