Hola Marineta he encontrado esto
Pero es solo si con una IP trabajas para volver a acumular paro, puesto que el que ya tenías lo usan para tu IP actual
De todos modos consúltalo en el SEPE pero si no vuelves a cotizar (trabajar en algo compatible con tu IP) no tienes derecho a paro, quizá si a subsidios u otras prestaciones.
Pero lo dicho infórmate en el teléfono del SEPE
En consecuencia, la prestación por desempleo es compatible con el cobro de la pensión de invalidez que, a su vez, hubiese sido compatible con el trabajo que ha originado dicha prestación.
Este caso se suele dar en personas que tienen reconocida una
incapacidad permanente total y consiguen un trabajo en un oficio distinto al que tenían antes de adquirir dicho reconocimiento.
Lo que ocurre en la incapacidad permanente total es que esta prestación va a ser incompatible con el paro generado previamente, pues ambas prestaciones provienen de la misma situación, de las mismas cotizaciones.
Ahora bien, el pensionista de IPT que encuentre un trabajo compatible con dicha prestación podrá compaginar esas dos situaciones; es decir, cobrar la incapacidad permanente total y el salario de ese otro trabajo compatible.
Además, con las cotizaciones de ese otro trabajo va a poder generar un nuevo paro, y este nuevo paro que genere a partir del reconocimiento de la incapacidad sí que será compatible con la IPT reconocida.
Si has cotizado por desempleo 360 días o más por haber realizado trabajos compatibles con la pensión de incapacidad, y cumples el resto de los requisitos exigidos, podrás acceder a la prestación por desempleo y percibirla simultáneamente con la de invalidez.