#21376
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Según mi opinión y lo visto por varios casos:
Cuando una persona está de baja por incapacidad temporal (IT) y la Seguridad Social asume el pago directo de la prestación, el procedimiento es gestionado directamente por la Seguridad Social y no por la mutua.
Cuando una persona está de baja por incapacidad temporal (IT) y la Seguridad Social asume el pago directo de la prestación, el procedimiento es gestionado directamente por la Seguridad Social y no por la mutua.
En este caso, no es necesario que la persona solicite el pago directo a la Seguridad Social porque ya es esta entidad la que se encarga del pago de la prestación por incapacidad temporal. La Seguridad Social se encargará de gestionar y abonar directamente las prestaciones correspondientes durante el periodo de incapacidad temporal.
Es importante seguir las indicaciones y procesos establecidos por la Seguridad Social en tu región para garantizar una gestión adecuada de la incapacidad temporal y el correspondiente pago de las prestaciones. Si tienes alguna duda específica sobre tu situación, sería recomendable contactar directamente con la Seguridad Social o buscar asesoramiento legal especializado (soy muy repetitivo y pesado con esto, pero es lo mejor).
Saludos!
Saludos!