#33196
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Jann1, en principio no te aplican el 75%, así me ocurrió a mí hace 1 año.
En la Resolución te pone si es el 55 o 75 si es el 55% tienes que reclamar el 20% siempre que no vuelvas a trabajar en nada. Si tienes pensado en trabajar no hace falta que lo solicites,pero si por tu enfermedad y estado no puedes trabajar ,lo tienes que solicitar.
Yo unos días antes de que me dieran la Resolución realice las operaciones necesarias para saber si se el 55 o 75, pero es.muy entretenido y laborioso no.me.equivique demasiado
En la vida Laboral se suma todos los meses de los 8años ,se divide y le aplicas el 55 o 75%
En la Resolución te pone si es el 55 o 75 si es el 55% tienes que reclamar el 20% siempre que no vuelvas a trabajar en nada. Si tienes pensado en trabajar no hace falta que lo solicites,pero si por tu enfermedad y estado no puedes trabajar ,lo tienes que solicitar.
Yo unos días antes de que me dieran la Resolución realice las operaciones necesarias para saber si se el 55 o 75, pero es.muy entretenido y laborioso no.me.equivique demasiado
En la vida Laboral se suma todos los meses de los 8años ,se divide y le aplicas el 55 o 75%