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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#34336

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes chicos!!
Cómo vais con la lucha??
Queria preguntar a ver si sabéis algo del tema este del subsidio de desempleo, Cómo es algo que al denegarnos la IP y haber agotado prestación de desempleo, muchos hemos de acceder pues a ver si sabéis lo que os quiero comentar. 
A ver, me han echo esperar el mes "de espera" apuntada en demandante (que por cierto ya lo estaba) y cuándo lo he vuelto a solicitar, me lo han denegado por no tener 45 años ni cargas familiares. Pero justamente veo que, ha habido una reforma. En algunos sitios pone que la reforma ha sido el 1 de junio, osea ya me entraría,  en otros lados pone que será en noviembre 2024? Alguien sabe realmente el qué de esto? Y luego, en serio no tengo derecho a subsidio (en el caso de que aún no esté la reforma) por tener menos de 45 años? Y a qué subsidio tengo derecho entonces??? Que fuerte me parece, pues a ver de que vivo mientras espero el juicio,  esto es increible....... que lucha más intensa en todos los aspectos y con todos... agotada es poco... un abrazo y gracias mil!!!!

#34337

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo lo único que se es la experiencia que paso mi compañero y el las perdió fue a juicio y lo perdió. 
Cada empresa trabaja de una manera igual que hay empresas que si acumulas vacaciones de un año para otro y no las gastas enX tiempo las pierdes.
Yo digo como la compañera que ble a pasado, que lo miréis todo muy bien que luego vienen las madres mías.

#34338

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Josembb, buenas tardes.

Sí, las incapacidades absolutas suelen ser revisadas, especialmente si en la resolución se indica un plazo específico de revisión, como en tu caso a los 18 meses. Esto es para evaluar si ha habido alguna mejoría en tu estado de salud. A veces no es presencial, revisan por informes. Otras ni te revisan... pero suelen hacerlo. Saludos!

#34339

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Que tipo de asociaciones hay Emilio? Yo creo que si que se debería denunciar estos temas. No puede ser que con la situaciones de vulnerabilidad que tenemos, estemos dándonos cuenta de todos estos temas. Sabéis si hay sindicatos que conozcan o ayuden en estos temas? 
#34340

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Alba , la reforma entra en vigor el 1 de noviembre y afecta a personas de 45 años hacia arriba, este es el enlace donde viene un poco explicada

https://www.larazon.es/economia/desaparece-subsidio-mayores-45-anos-noviembre-como-sera-nueva-ayuda_20240613666ae9f36a0d130001117b51.html

En tu caso, al ser menor de 45 años, creo que puedes tener derecho a la RAI o al ingreso mínimo vital pero tienes que informarte porque probablemente también cambie el 1 de noviembre.
Un saludo 
#34341

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A qué te refieres que se pagen si hay reserva puesto de trabajo dos años? A las vacaciones? Entiendo que o a los 18 meses o en la resolución es cuando te las deben de dar. No? 
#34342

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si la revisión es por un periodo menor de dos años, revisan. 
#34343

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entiendo que tu baja es de Septiembre del 2022, Febrero del 23, 18 meses de IT
Las vacaciones pendientes del 22 si no las consumiste antes de la baja  te caducan  el 30 de este mes de Junio .Ojala me equivoque, lo mejor que te concedan la IP y no tengas que confirmarlo
#34344

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado 
 Articulo 38 estatuto trabajadores

#34345

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luís y a todos, 
Gracias por responderme. Yo es qué he encontrado en algunas páginas que la reforma entraba el 1 de junio y en otras en noviembre cómo comentas.
Mira pego las página  dónde dice el 1 de junio: 
https://institutosantalucia.es/actualidad/seguridad-social/cambios-en-los-subsidios-por-desempleo/


https://www-lasprovincias-es.cdn.ampproject.org/v/s/www.lasprovincias.es/economia/trabajo/nueva-ayuda-sepe-desempleados-menores-anos-hijos-20240103005913-nt_amp.html?amp_gsa=1&amp_js_v=a9&usqp=mq331AQIUAKwASCAAgM%3D#amp_tf=De%20%251%24s&aoh=17188191636706&referrer=https%3A%2F%2Fwww.google.com&ampshare=https%3A%2F%2Fwww.lasprovincias.es%2Feconomia%2Ftrabajo%2Fnueva-ayuda-sepe-desempleados-menores-anos-hijos-20240103005913-nt.html

Además,  en los requisitos en la página del sepe, no dice nada de para los mayores de 45 años. En cambio, la del RAI si pone para mayores de 45. Y el mínimo vital, lo pedí cuándo cobrava el subsidio de 400 euros por el INSS al estar de baja, para complementar,  y me lo denegaron, porqué calculan los ingresos de con quien convivo (aunque no seamos nada y asi lo ponen los informes y declaración jurada y de más). Increible todo... a ver que sacamos de todo esto porqué no me cuadra nada el tema del subsidio... un abrazo 
#34346

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Alba, el primero (santalucia) refleja la ley que se iba a aprobar el pasado febrero para que entrara en vigor el 1 de junio pero no salió adelante por los votos de Podemos que quiso ampliarla. Entonces hubo que hacer una nueva ley que la están terminando de hacer ahora y que entrara el vigor el 1 de noviembre. Este artículo está desactualizado.
El segundo viene a decir más o menos lo mismo que en el enlace que te he enviado yo. Vienen las mismas condiciones para la ayuda de menores de 45 años, sin y con cargas familiares.

La duración del nuevo subsidio por agotamiento de la prestación dependerá de los días consumidos de la prestación contributiva y la edad del solicitante.

En el caso de los menores de 45 años, se necesita haber agotado al menos 360 días de prestación contributiva para acceder a un subsidio de seis meses.


Un saludo 
#34347

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Alba Cpa, buenas tardes.

Entiendo perfectamente tu frustración. Vamos por partes:

  1. Subsidio de desempleo: Es cierto que para acceder al subsidio de desempleo tras agotar la prestación contributiva, tradicionalmente se requería tener 45 años o cargas familiares. Si no cumples estos requisitos, no puedes acceder a este subsidio específico.
  2. Reforma del subsidio: Respecto a la reforma, ha habido cambios normativos que pueden afectar los requisitos de acceso a ciertos subsidios. Algunas fuentes indican que los cambios entraron en vigor el 1 de junio de 2024, mientras que otras mencionan noviembre de 2024. Te recomiendo que confirmes la fecha exacta con el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) para obtener la información más actualizada.
  3. Derecho a subsidio: Si la reforma aún no está vigente y no cumples con los requisitos tradicionales, podrías explorar otras ayudas, como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el subsidio extraordinario por desempleo (SED), siempre que cumplas con los requisitos específicos de estas ayudas.
  4. Trabajadora Social: Comentar tu situación a una trabajadora social de tu zona, te puede indicar ayudas o incluso proporcionártelas ellos mismos. Creo que estaría muy bien estudiar esa posibilidad.

También te aconsejo que hables directamente con un asesor del SEPE para obtener claridad sobre tu situación y explorar todas las opciones disponibles. La burocracia puede ser agotadora, pero sigue luchando y buscando todas las posibles ayudas.

Un abrazo y ánimo en tu lucha,

Emilio
#34348

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias mil José Luís,
He encontrado este también en el que dice el 23 de mayo, y lo escribieron el 31 de mayo, así que en principio si está actualizado, no lo entiendo la verdad... 

https://grupofsl.es/subsidiosdesempleo/

Lo que me comentas luego de requisitos y tal, sería para cuándo entre en vigor no? La teoria es que ahora siendo menor y sin cargas no puedes acceder al subsidio desempleo, no? Un abrazo y gracias de nuevo :)
#34349

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas noches Emilio, 
Gracias mil por tu respuesta. Pues si intentaré que confirmen la fecha de reforma desde SEPE, denegado me lo han denegado. Pero siempre tienes esa duda de, al ser algo tan reciente, estarán actualizados? Vaya a ser que ya esté la reforma (el cambio) y no se haya enterado bien (cosas peores he visto). Y luego lo de la asistenta trabajadora social ayuntamiento y tal, sisi ya fui mientras los estube un montón de meses sin cobrar o cobrando los 400 pero por el INSS, y nada no habia más ayudas posibles. Al convivir con alguien aunque no seamos nada cogen sus ingresos... muy fuerte todo en si. Minimo vital denegado, renda mínima garantida (cataluña) denegado, ayudas en base de ayuntamiento denegadas... en fin... 
Gracias mil Emilio. 
Veré como lo soluciono... esperar al juicio hay que esperar... pa eso lo hacen, pa que nos cansemos y lo dejemos. Jejeje un abrazote🤗
#34350

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A mí me suspendieron el  contrato a los 18 meses, me finiquitaron lo que había pendiente excepto vacaciones. Pregunte al sindicato y me dijeron que las pagaban cuando saliera la resolución por si no la concedían disfrutará de ellas antes de volver al trabajo. Yo le pregunté si esperaba acabaría el plazo para reclamar las del año 2022 y me dijeron que el tiempo empezaba a contar a partir de la concesión de la incapacidad. Me han concedido la incapacidad total y como tiene fecha de revisión de dos años y es el tiempo del que dispone la empresa para guardarte el trabajo por si se pierde la incapacidad se acogen  a eso para dejar pendiente el pago hasta que termina la relación definitivamente a los dos años. Porque si te quitan la incapacidad te hacen disfrutarlas. El sindicato me dijo que era legal pero que de todas formas las vamos a reclamar que me las finiquiten antes.
Un saludo