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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#47237

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes a ver si alguien me puede decir si hay alguna diferencia entre revision de incapacidad permanente de oficio y región de grado de incapacidad de oficio gracias
#47238

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias. Si es así, adaptación es imposible en mi caso. Re ubicacion si la empresa quiere y puede, a lo mejor. 

#47239

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 Vaya Laura siento lo de tus brotes. Yo llevo varios días sin aparecer por aquí porque no tenía ganas ni de levantarme de la cama. Ahora os voy leyendo. Y haces muy bien en ir a por la absoluta. El INSS, salvo algún caso aislado, lo más que da es la total y en muchos casos es insuficiente. Un besazo 😘😘😘
#47240

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Cuánto me alegro Jose Luis. Vas a tener el juicio antes que yo ❤️
#47241

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Estoy flipando. Nada funciona bien en este puñetero país 😡😡😡
#47242

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues te ha tardado muy poco la resolución!
Pero… no te pone cuando pueden revisar? 
Las IP judiciales también son revisables y el INSS está obligado a determinar la fecha de posible revisión.
Te copio lo que me vino a mi:

“Esta Dirección Provincial, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas por el arte 1 del Real Decreto 300/95, de 21 de julio, ha resuelto aceptar la propuesta formulada por el Equipo de Valoración de Incapacidades n° 1 de esta capital del día 05/03/2025, conforme al art° 3 del mencionado Real Decreto, por la que la prestación de incapacidad permanente reconocida por resolución judicial podrá ser revisada por agravación o mejoría a partir del
01/01/2028.
No se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto d e revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años”

Mi sentencia se dictó en Diciembre 2024.
En febrero me llegó esto, te copio:

“Le comunico que, de acuerdo con la sentencia dictada, hemos ordenado el pago de la pensión cuyos importes se indican en el cuadro adjunto. 
Los atrasos y la pensión mensual los podrá cobrar en la entidad financiera que usted ha elegido”

Me pagaron los atrasos a primeros de marzo actualizaron el importe de la pensión, de ipt a ipa en el mismo mes. 

Como tú, yo ya había perdido mi puesto de trabajo, sólo que mi caso, fue despido por inaptitud sobrevenida. La IPT que me reconocieron fue por estimación de reclamación previa que me comunicaron 6 meses después de interponerla, me encontraba cobrando el paro y a espera de juicio.

¿Tú tenías concedida IPT?
Si ha pasado un mes, entiendo que la sentencia es firme y no han recurrido, si es así, te tiene que llegar carta de importe de pensión y atrasos antes de que los veas en tu cuenta.
Cuando recurren, el importe de la pensión se ve en menos de un mes, ya que tienen que aportar al recurso la ejecución de la pensión, pero no abonan los atrasos. ¿Estás cobrando o puedes ver el importe de la IPA?

Gracias a ti, por tu agradecimiento y por tu pregunta. Me viene bien hacer esto.







#47243

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Lo siento cielo es terrible lo que te sucedió espero mucho de corazón que pases este enorme bache lo antes posible y te dejen tranquila de una vez 🙏🏼🫶🏼😘
#47244

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

De q comunidad eres ?
Ahora me entero de que el INSS puede comunicar a la DGT q te retiren el carnet?
#47245

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si me pusieron la fecha de revisión que tenía con la IPT que es en agosto de este año pero como bien dicen no va a ser objeto de revisión por mejoría….claramente te dicen que no va a haber mejoría, en cuanto a los importes me lo puso el juez en la sentencia judicial, ahí me figura lo q voy a cobrar al mes con la IPA, junto que también tenía que cobrar los atrasos desde 2023, el inss solo se ha pronunciado con esta carta en la q me figura solo lo del tema de la revisión en el cual ellos por cojones tienen que poner una fecha de revisión y en mi caso cogieron la que tenía con la IPT, no sé si me explicado bien…😅
#47246

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Mucho ánimo Maytep 😘😘🫂
#47247

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Peter, el INSS es el encargado de enviar tu resolución con la medicación, enfermedades y secuelas a la DGT. Solo lo hacen en el caso de conductores profesionales.
De hecho no me extrañaría que también sea el INSS el que le diga si eres apto con limitaciones o no apto para conducir.
La DGT lo valora y te envía la cartita a casa.
Un saludo 
#47248

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Por fin!!! Esto es una buena noticia, por favor, que se concluya el punto 5 rápido y ya lo tienes hecho.
Un abrazo 
#47249

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No lo sabia
#47250

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo solo cojo el coche para ir a los médicos