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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#49261

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Peter, 
Ya que pena que nos dejen asi sufriendo. 
Gracias por contestar
Un saludo 🙂
#49262

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hace tiempo que no participo en el foro, aunque se ha convertido en lectura diaria. Quería haceros una consulta. Me concedieron el 30 de abril de 2024 una IPA con mas de 40 años cotizados (41 y algo en el momento de baja que fue 2n 2022). En la Resolución se indicaba textualmente: 
 "Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir del 9/05/2026 en tanto no haya cumplido la edad mínima de jubilación." 
Cumplí los 65 en mayo de este año y me sigue figurando como pensión por incapacidad.
No pasa a ser pensión de jubilación? Es necesario que tu realices algún tramite para que te la mantengan como IPA ya que esta exenta de IRPF o la seguridad social tiene que notificarte para que tu elijas?
Gracias a tod@s
#49263

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Juan, tenías tú que haberlo hecho en Mayo, te saldrá mejor la IPA porque no tiene IRPF pero te tienen que calcular las dos y tú elegir y en ese momento pasará a ser pensión de jubilación, no de incapacidad 

Un saludo 
#49264

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Craso error por mi parte, creía que al llegar a la jubilación te enviaban ellos los cálculos de oficio y te daban a elegir. El caso es que me ha mantenido la IPA.
Puedo hacerlo ahora, ya que no lo hice en Mayo? Como se solicita, en su caso?
#49265

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Nueva denominación
Cuándo serás jubilado?

  • A partir de los 65 años:Tu Incapacidad Permanente Absoluta será considerada pensión de jubilación de forma automática cuando alcances los 65 años de edad. 
  • No necesitas hacer trámites adicionales:La Seguridad Social te informará del cambio, así que no es necesario que solicites nada. 
¿Cómo afectará a tu pensión?

  • Sin cambios:La pensión no sufrirá modificaciones en su cuantía o en sus condiciones. 
  • El 100% de tu base reguladora:La Incapacidad Permanente Absoluta ya te abona el 100% de la base reguladora, y este derecho se mantiene al pasar a jubilación. 
¿Por qué ocurre esto?
  • La pensión por Incapacidad Permanente se convierte en pensión de jubilación por ser dos prestaciones que, al final, son muy similares. El paso es automático y no hay que hacer nada. 
¿Qué debes hacer?
  • Asegúrate de haber cumplido 65 años. Si es así, podrás pasar de Incapacidad Permanente Absoluta a jubilación sin problema alguno.
  • Puedes consultarlo en tu vida laboral o en tu informe de vida laboral para ver el estado de tu pensión. 


Las pensiones de incapacidad permanente pasarán a denominarse pensiones de jubilación, cuando los beneficiarios cumplan la edad de 65 años, sin que esta nueva denominación implique modificación alguna respecto de las condiciones de la prestación que se venga percibiendo, ni alteración del régimen jurídico de las prestaciones que puedan derivarse de ellas.

En consecuencia, no procederá aplicar retención alguna por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez que pasen a denominarse pensión de jubilación.

#49266

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Carla y @juan-pueblo, pues parece ser que muy automático no es.
Se les llena la boca de mejoras y luego son un desastre.
Juan, si no te mandaron nada en Mayo puedes ir tu en el momento que quieras al INSS