Me permito contestarte porque aun lo tengo reciente, me liquidaron a principio de año, ya te dira luego su experiencia alfabero...
Es totalmente normal , la liquidacion por correo electronico, sin que personal te llame presencialmente, la firma? no es del todo necesaria, aunque la suelen pedir, pero tu no te preocupes, la firma les interesa a ellos, sino te la piden, mejor... tu revisa bien la liquidacion, parte proporcional pagas extras, dias positivos que te deban en su caso, vacaciones devengadas a retroactivamente desde la fecha de suspension, ( mirate el convenio y veras como se calculan, cada uno es distinto, suelen ser 2,5 dias por meses trabajados, o de baja en tu caso) y luego estan las vacaciones no disfrutadas, su valor es superior a lo que cobras de sueldo por dia, ya que 1 dia de vacaciones comprende tambien la parte proporcional de las pagas extras que tengas... para calcular ese valor de 1 dia de vacaciones, es facil, cogete tu base reguladora que aparecera en tus nominas, y la divides entre 30, te saldra el valor de un dia de vacaciones en bruto.