Hola José, pienso que seguramente se hayan equivocado en el cálculo, porque se equivocan mucho.
Dicho esto, mira calculando a groso modo y solo con el salario. Un fijo-discontinuo no puede trabajar 11meses seguidos, o sea, con un sueldo de 1200€:
Sería 10 meses, contando que hayas trabajado el máximo.
10 x 1200€ =12.000,00 €
12000/12 =1000 € por E.P las pagas van prorrateadas
1000 x 65%=650 €
Esto no se calcula así, es para que te hagas una idea más menos.
En una incapacidad temporal derivada de enfermedad profesional, de un contrato temporal de fin de obra, el que había antes del fijo-discontinuo, la base reguladora se calcula con el mes anterior a la baja médica, si fuese el primer mes que se trabaja, se calcula con los días que hayas trabajado hasta la baja. Bien, en el fijo discontinuo se calcula con los 3 últimos meses antes de la baja, para tener una media de los días reales que se han trabajado.
Esta misma base reguladora es la que se utiliza para calcular la incapacidad permanente, a esta base reguladora hay que sumarle ciertos conceptos como las pagas extras del año anterior, los pluses y complementos etc, por supuesto dividiendo por unos cocientes. En el fijo discontinuo se calcula sobre los días reales trabajados.
También te pertenecerá el recargo de prestaciones, que esto lo tienes que solicitar una vez concedida la incapacidad, no va en el mismo trámite, y será de un 20, 30 o 40% más depende e de la gravedad de la negligencia de la empresa y será ésta quien la abone.
Entiendo que también tú abogado pedirá todas las indemnizaciones que te pertenezca, de seguros de convenio, seguros de accidentes y de vida, y el de responsabilidad civil del empresario, todos estos son cuantiosos.
Te dejo un enlace del INSS donde te explica cómo se calcula el importe de la incapacidad permanente, hay viene en todos los supuestos, por E.C, E.P, si eres fijo o eventual, fijo discontinuo etc
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28700/28709