Acceder

Contenidos recomendados por Angelneu

Angelneu 04/03/25 18:25
Ha respondido al tema Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Con esos números,  no.Lo comentado anteriormente, en cuanto transcurra el primer mes de suspensión,  solicite la reanudación. 
Angelneu 04/03/25 17:55
Ha respondido al tema Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
siguiente cómputo posterior del rendimiento presunto.Se lo indique antes :Valor catastral.
Angelneu 04/03/25 17:39
Ha respondido al tema Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
el rendimiento presunto de los inmuebles es a través del valor catastral, no?Correcto. 
Angelneu 04/03/25 17:34
Ha respondido al tema Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Sin entrar a valorar el caudal hereditario,  el momento de la suspensión es ése;  en cuando se acepta la herencia.La suspensión es correcta.Pasado el mes de suspensión,  podrá optar a solicitar la reanudación del subsidio si vuelve a cumplir el requisito de rentas. 
Angelneu 26/02/25 18:23
Ha respondido al tema Presunto interés 3.25 %(interés legal del dinero ) subsidio mayores 52 años.
Si cambia algo,  el rango será mínimo ( a lo poco al 3% )
Angelneu 20/02/25 15:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El plazo de prescripción es de 4 años.
Angelneu 14/02/25 17:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ignorantia iuris neminem excusat
Angelneu 14/02/25 12:46
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las reglas del SEPE para determinar la carencia de rentas y responsabilidades familiares se establecen en el art. 7 del RD 625/1985.En esta norma se recoge que los requisitos hay que cumplirlos de manera mensual,  es decir ; MES a MES. Las normas fiscales del AEAT no pintan absolutamente nada. Dicho esto; Si vendes en un mes una accion con ganancias y otra en el siguiente mes con perdidas ¿ no se compensan ?NO Vendo una accion en un mes y sacas 1500 de beneficios .¿ hay que comunicar al siguiente mes al SEPE ? Solo existe la obligación de comunicar si la operación lo coloca en situación de suspensión del subsidio.  Se ha escrito mucho en este foro sobre lo que es una situación de suspensión. Vendo una accion el siguiente mes en perdidas ¿ no sirve de nada ?Le servirá para su declaración del IRPF;  A efectos del SEPE.......>.  NO sirve de nada (salvo que tenga ganancias para compensarlas EN ESE MISMO MES de la misma naturaleza)La declaración es "anual" porque se hace una vez al año;  solo por eso le dicen "ANUAL"; los requisitos de rentas son MENSUALES. El hacer una declaración cada mes sería administrativamente muy engorroso.
Angelneu 12/02/25 20:41
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ejemplo : Minusvalias años anteriores 5000 y este año vendo 3 acciones ( 2 con ganancias de 3000 y 4000 )….Olvídese del planteamiento de analizar las pérdidas o ganancias de años anteriores; solo podrá compensar a efectos SEPE si las diferencias se producen en el mismo mes y si son de la misma naturaleza.Por lo demás,  se ha hablado mucho en este foro al respecto. Le animo a que use el buscador ( la lupa )🔍 
Angelneu 26/01/25 17:00
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Casos similares al suyo se han tratado en este foro infinidad de veces.Esos ingresos por sí solos no son causa de suspensión del subsidio.No tiene que comunicar nada; ni antes ni ahora ni luego. Ni en DAR ni en ningún sitio.