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Angelneu 04/11/24 18:49
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
Antes te puse la norma;  estas son las instrucciones de aplicación : Y te digo lo mismo;  no es necesario otra vía de acceso si la tienes con anterioridad al cobro de RAI o SED.
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Angelneu 04/11/24 18:43
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
Me inclino a que no tendrás problemas.Importante inscripción ininterrumpida como demandante de empleo.Ya nos cuentas cuando lo solicites. 
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Angelneu 04/11/24 18:38
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
Por lo que he leído de la norma,  me opinión es que  NO es necesario,Pero esto va a ser motivo de disputa en los tribunales.En el futuro lo veremos.Esta es la clave :
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Angelneu 04/11/24 18:27
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
Aunque, como te decía,  la modificación está hecha para simplificar las vías de acceso, que ahora son exclusivamente dos,  y darles un portazo a RAI y SED.Había mucha gente que los invocaba como vía de acceso en los juzgados;  con esto se acabó. 
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Angelneu 04/11/24 17:53
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
es por evitar sentencias q digan q Rai y sed son vías de acceso la verdad el párrafo da a entender esExactamente es para eso,  para cerrar definitivamente la vía judicial.Aunque hayas cobrado RAI o SED con posterioridad al agotamiento de una prestación,  deberia seguir teniendo esa via de acceso activa. 
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Angelneu 04/11/24 17:43
Ha respondido al tema Reforma subsidio 52 años
deben crear otra nueva cotizando 90 días y percibir otro subsidio es así ? NO.Los que tienen una vía de acceso anterior NO es necesario generar otra nueva;  ya la tienen.La nueva ley lo que dice es que si no tienes una vía de acceso antigua,  la RAI y la SEDNO SON vías acceso al subsidio.Ya se ha comentado en este foro.
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Angelneu 24/10/24 10:58
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y declaracion de rentas anuales
Entonces no se si cuando realizara la DAR comentarle que aunque se ha cobrado en ese mes, corresponde a un deposito de tres años y lo que se ha obtenido es de los tres años del deposito para aclarar porque en ese mes me pasoLa pregunta que hay que hacerse es la siguiente :¿Se ha producido situación de suspensión del subsidio en algún momento del último  año desde la última DAR ?Si el caso es negativo  -como supongo que es este caso-  no hay que aclarar ni reflejar absolutamente nada en la DAR;Nombre, apellidos, DNI y firma.No hay que agregar  nada más.Saludos. 
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