¿un subsidio de mayores de 52 años que se puede cobrar hasta por 14 años, solo podrá cobrar este complemento 180 días en esos 14 años? Han querido meter en la misma "bolsa" al subsidio por mayor de 52 años con el resto de subsidios; cuando NO lo es. Espero que alguien se de cuenta del disparate y lo modifique.
El problema -me temo- empezará cuando el contrato finalice y surja celebrar otro nuevo, y todas la leyes anteriores que permitían la compatibilidad este subsidio, derogadas; en especial la DT5ª de la Ley 45/2002 que permite compatibilizar un trabajo superior a tres meses (ya sea a tiempo parcial o completo) con el subsidio, de manera indefinida.Estaremos atentos a las instrucciones del SEPE.
Las nuevas condiciones de compatibilidad pueden ser atractivas para cualquier modalidad de subsidio, MENOS para el de mayores de 52 años; es regresivo.Me temo que se han "enfrascado" con lo de la cotización y no han pensando en esto.Saludos.
En este cambio normativo hay aún hay tela rascar.No tengo dudas que su contrato se regirá por la normativa anterior por el que fue celebrado (sería inconstitucional lo contrario)Seguiremos investigando.Por lo poco que he visto, creo que los perceptores del subsidio por mayor de 52 años son perjudicados con este nuevo cambio cuando se quiere compatibilizar trabajo y subsidio a la vez.Y no solo eso; si buscaban "activar" hacia el empleo a este colectivo (ya se por sí casi imposible por la edad), van a conseguir justamente lo contrario con esta norma. Me parece un disparate mayúsculo la derogación de la DT5ª de la Ley 45/2002 para este subsidio.
Sin entrar en los requisitos de rentas, para tener derecho a subsidio por mayor de 52 años percibiendo una IP, tendría que tener cotizados 15 años después de la concesión de la incapacidad.No creo que sea este caso.Salvo mejor opinión.Saludos.
Como bien dice franjgr, ya tenemos editado y publicado nuestro único "periódico" oficial y válido, que es el BOE (RD 2/2024 de 21 de mayo), por lo que podremos salir de la espiral de bulos de la prensa tradicional.Ahora paciencia, que ya iremos desgranándolo. Hay tiempo de sobra...
¿subsidio por mayor de 52 años ?Sin ninguna duda, SÍ. Si finalmente le obligan a devolver cantidades indebidamente percibidas, las cotizaciones del subsidio se esfuman igualmente.