Cuando se reformó este subsidio en 2019 también hubo un jaleo tremendo con el tema de las vías de acceso; se produjeron infinidad de denegaciones erróneas con los famosos 90 días que tuvieron que ir corrigiendo sobre la marcha.En esta reforma parece que ocurrirá lo mismo.Y si no corrigen, deberá ser un juez quien lo haga.
Con respecto al subsidio para mayores de 52 años y comparando la antigua normativa con la nueva, salvo el no considerar de forma expresa la RAI y la SED como vías acceso al subsidio, NO se ha producido cambio alguno; por lo que las vías acceso anteriores deberían ser perfectamente válidas para acceder al subsidio.Lo si me temo es que el SEPE haya aprovechado la entrada en vigor de este RD para cambiar su criterio sin base alguna, y haya que ir a los tribunales para que lo corrijan (no será la primera ni la última vez que ocurra) pero la Ley no ha cambiado nada en este asunto, salvo lo anterior.Cuando se produzcan las primeras solicitudes saldremos de dudas.
Lo he dicho antes:Si desde que acabaste esa prestación en 2022 has estado inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente, tienes la vía de acceso.Si te ponen “peros” te lo deberán indicar en una resolución, y ante ella se puede recurrir, como todo.
En ningún caso la ley excluye a los que han percibido RAI o SED; solo especifica de manera muy clara que NO se pueden invocar estas dos ayudas como vía de acceso.Nada más.
Antes te puse la norma; estas son las instrucciones de aplicación :
Y te digo lo mismo; no es necesario otra vía de acceso si la tienes con anterioridad al cobro de RAI o SED.
Por lo que he leído de la norma, me opinión es que NO es necesario,Pero esto va a ser motivo de disputa en los tribunales.En el futuro lo veremos.Esta es la clave :