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Angelneu 28/08/24 09:47
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Vivienda NO habitual,   comprada en el año 2010 por 100.000 euros y que vendes hoy por 180.000.Ganancia patrimonial :  80.000 euros1ª imputación : cuando la vendes  :  80.000/12 = 6.666 euros mes, que te imputarán ese mes :  Suspensión del subsidio 2ª imputación :  A partir de cumplido el mes de suspensión  :   3,25% anual a los 80.000 euros = 216,66 euros/mes.   Si con la suma de otras posibles rentas no superas los 850,50 euros;  se puede solicitar la REANUDACIÓN. 
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Angelneu 28/08/24 09:29
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Aclaremos,  alta NO;REANUDACIÓN :1. Si la fecha efectiva de suspensión es el 21/08 (periodo de imputación 21/08 al 20/09) el 21/09 estaría en condiciones de iniciar la REANUDACIÓN.2. Le imputarán el rendimiento presunto a la cantidad que le imputaron,  motivo de la suspensión (su 50% de la venta)3. Pasado el mes de suspensión hay que volver a hacer cuentas,   ya que se puede dar la circunstancia que sigas superando rentas tras el periodo de suspensión (incluyendo el rendimiento presunto de la venta) 
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Angelneu 22/08/24 13:34
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La opción es Dar de baja subsidio?NO;  eso NUNCA.La opción es comunicar VARIACIÓN DE RENTAS.Cuando lo comuniques, ya el SEPE se encarga de resolver;  que en este caso será la SUSPENSIÓN del subsidio de -al menos-  un mes. 
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Angelneu 20/08/24 09:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Me parece una falta de respeto muy grande que se acuse de no querer trabajar a alguien que pide ayuda después de una baja médica larga que, además, se produjo estando trabajando.Si sólo fuera eso... (falta de respeto);   pero no solo es eso;  hay mucho mas...Lo estamos viendo a diario. Saludos.
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Angelneu 14/08/24 12:33
Ha respondido al tema Sobre la fecha de cobro
Anterior,   siempre mes anterior.No conozco a nadie que en su empresa le paguen el mes por adelantado;  a no ser que pida un anticipo.Las prestaciones por desempleo funcionan igual, las pensiones ídem de lo mismo.
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