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Participaciones del usuario Antss - Bancos

Antss 31/07/19 19:28
Ha respondido al tema Entidades que envían a casa de los clientes tarjetas sin pedirlo
Totalmente prohibido por ley... Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera Artículo 42 Obligaciones del proveedor de servicios de pago en relación con los instrumentos de pago 1. El proveedor de servicios de pago emisor de un instrumento de pago: [...] b) Se abstendrá de enviar instrumentos de pago que no hayan sido solicitados, salvo en caso de que deba sustituirse un instrumento de pago ya entregado al usuario de servicios de pago. Esta sustitución podrá venir motivada por la incorporación al instrumento de pago de nuevas funcionalidades, no expresamente solicitadas por el usuario, siempre que en el contrato marco se hubiera previsto tal posibilidad y la sustitución se realice con carácter gratuito para el cliente. ( lo remarco en negrita, aunque parece bastante claro ) Pero bueno, cuando lo hacen será que alguien cree que es un plan perfecto, sin fisuras... ¿Qué podría salir mal? xD Saludos
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Antss 31/07/19 19:28
Ha respondido al tema Coinc baja rentabilidad cuenta
Por lo visto hace tiempo que pusieron ese límite con los cheques... y se les "olvidó" eso de avisar, claro... ¬_¬ Por chapuceros, todavía nombran en su aviso de cambio de condiciones la Ley de Servicios de Pago del 2009... derogada el año pasado xD En fin... Saludos
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Antss 25/07/19 21:46
Ha respondido al tema Comisión transferencia periodica online Caixabank
En general, viendo su documento de tarifas, lo que parece es que no se presentan distinciones p.ej. por el canal usado (en este caso el online) ni entre operaciones puntuales o periódicas. En cambio, sí pueden estar esas condiciones especiales en el contrato del producto y es eso lo que se debería comprobar para conocerlas. Entonces, antes de nada: ver qué dice sobre esto el contrato. Luego, más allá del contrato, si la entidad ha decidido cobrar p.ej. unas transferencias sí y otras no en diferentes momentos... debería advertirlo como se hace con las modificaciones, según el criterio del Banco de España ( ver pág.296 de la Memoria de Reclamaciones 2018[PDF] ). Así, si antes "perdonaron" las comisiones establiecidas en el contrato y ahora no, sin notificarlo, se podría reclamar. Finalmente, y obviando algún matiz, decir que los clientes "consumidores" son personas que actúan con fines ajenos a su actividad económica, comercial o profesional; los clientes "no consumidores", justo lo contrario (p.ej. empresas y demás). A ver si algún cliente que conozca los detalles de los productos y el comportamiento de la entidad ofrece más información... Saludos
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Antss 24/07/19 13:58
Ha respondido al tema Comisiones Bankinter
No deberían cobrar si se usa la cuenta exclusivamente para eso [1]. Cualquier modificación tienen que avisarla en tiempo y forma [2]. No pueden cobrar nada por esos conceptos si se cumplen los requisitos para 1 y mucho menos sin demostrar que ellos han actuado como la ley les exige con 2. Por cierto, lo de la cuenta que dices es un tipo especial llamado cuenta de pago básica* y nada tiene que ver con otras cuentas corrientes normales. En fin... Intenta que no te cobren por tu cuenta (reclama si cumples condiciones y te cobran) y/o estudia si tu contrato/escritura te obliga a pagar la cuota en una cuenta concreta, o una cuenta de la entidad, o de una forma particular para decidir alternativas como p.ej. domiciliar el pago en otra cuenta/entidad, o pagar por ingreso/transferencia, etc. Saludos y suerte! [1] https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/Comisiones_de_m_ac714e667f08361.html [2] https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/cuentasdepositos/cuentascorriente/guia-textual/vidacuenta/Modificacion_de_condiciones.html [*] https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/actualidadeducac/blog/Tenemos_derech_8f80dd1cd27d961.html
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Antss 24/07/19 13:56
Ha respondido al tema Sobre la cuenta imaginbak ¿comisiones y gastos?
Consultando las tarifas* de laCaixa vemos cómo entienden ellos las transferencias y sus posibles comisiones... Las transferencias con destino a la propia entidad desde la que se ordena son “transferencias internas” (apartado 4) y si, además, el ordenante y beneficiario son la misma persona, se denominan “traspaso”. El mencionado apartado 4 deja claro que los traspasos están exentos, pero sí pueden tener comisiones las "transferencias entre cuentas de la propia entidad" cuando son "a terceros" (en la versión actual un máximo del 0.025% del importe con 0.80€ de mínimo por operación). Que le cobren a esa persona por hacerte una trasnferencia es posible y dependerá de la política comercial que quiera aplicar laCaixa y, como te comentaron ya, las condiciones del producto que tenga contratado... Estudia el caso y valorad las alternativas posibles... Saludos * https://www.caixabank.es/deployedfiles/particulares/Estaticos/pdf/general/2100e06d.pdf
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Antss 19/07/19 18:19
Ha respondido al tema Certificado deuda cero
Y ni eso deberían pedir, verdad? Memoria de Reclamaciones 2018[PDF] (pág.169): En el expediente R-201810785, la reclamante denunciaba que, tras cancelar económicamente el préstamo hipotecario que formalizó con la entidad, acudió a su oficina para solicitar el certificado de deuda cero, donde le indicaron que para la emisión del pretendido certificado era necesario que aportara la nota simple del bien hipotecado. La entidad alegó que, tal como contestó a su cliente, el desplazamiento de un apoderado suyo para la firma de la cancelación de derecho de su hіpoteca solo podría efectuarse cuando su agenda lo permitiera, solicitando igualmente al cliente nota simple del bien, requisito indispensable, según su criterio, para poder efectuar el certificado de cancelación de deuda. El DCMR emitió un informe contrario a la actuación de la entidad reclamada, puesto que esta no atendió la solicitud de su cliente ni mostró una actitud activa dirigida a solventar el requerimiento realizado —emisión del certificado de deuda cero y comparecencia de apoderado al otorgamiento de la escritura—, exigiéndole una nota simple innecesaria y omitiendo así sus obligaciones impuestas por imperativo legal sobre la cancelación de su préstamo hipotecario. En fin... Saludos
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Antss 19/07/19 01:32
Ha respondido al tema Comisiones por cuenta corriente BBVA
Bueno, al hablar de PDF entiendo que se tiene acceso web, así que se puede mirar en el área cliente qué tipo exacto de cuenta es (posiblemente C.Corriente normal, de una antigua "libreta", no?). Las comisiones máximas actuales para esos productos están en la misma web del BBVA (Tarifas[1]) y también podemos ver las condiciones para el Programa Adiós Comisiones[2]. Entonces, si el producto prevé comisiones y no se ha cumplido ninguno de los supuestos en el Programa para evitarlas ni hay exención por otro motivo, pasan el cargo correspondiente... Vemos que es la liquidación semestral con: C.administración, 25 apuntes "facturables" en la cuenta a 0.60€/apunte = 15€ (usar, sí que se usa la cuenta, no? bien hay esos movimientos) C.mantenimiento = 30€ fijos (ya que son 60€/año y liquidan 6 meses) Total, los 45€ Ahora la cosa sería ver por qué no se cobraron comisiones anteriormente, si aplica o no el Programa para evitarlas, si se cumple o no y todas esas cosas... Pero mal asunto... el banco simplemente cobra los servicios prestados. Saludos [1] https://www.bbva.es/estaticos/mult/Epigrafe-10-cuentas-corrientes-y-de-pago_170505.pdf [2] https://www.bbva.es/estaticos/mult/bases-programa-adios-comisiones.pdf
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Antss 18/07/19 22:24
Ha respondido al tema Comisiones por cuenta corriente BBVA
Pasar, supongo que puede pasar. Depende de lo que se tenga contratado, las actuaciones del cliente, las de la entidad, etc. Entiendo que había voluntad de mantener la cuenta (no se cerró en su día) y también usarla (p.ej. lo que se relata sobre hace unos meses); habría que ver el detalle de la comisión (concepto desglosado), si está en el contrato/condiciones y todo eso... Saludos
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Antss 18/07/19 21:59
Ha respondido al tema Mes y medio para cancelar una cuenta en Banco Sabadell
¿La directora de cuál? Lo que dice el Banco de España con las cancelaciones en general lo tienes aquí: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/cuentasdepositos/cuentascorriente/guia-textual/cancelacion/Cancelacion_por_el_titular.html Y añado la parte de la Memoria de Reclamaciones del 2017[PDF] (pág.338) que habla de estos casos en concreto: Cancelación de cuenta desde otra oficina El procedimiento para cerrar o cancelar una cuenta cuando no es posible desplazarse a la oficina bancaria en la que se abrió, suele ser una consulta frecuente. Se trata de situacio­ nes en las que hay un cambio de domicilio que dificulta el desplazamiento, o se hereda una cuenta abierta en una oficina alejada de la residencia de su nuevo titular. Desde el DCMR se informa de que, en primer lugar, hay que revisar el contrato de cuenta para ver si recoge un procedimiento para la cancelación. Si no viniera reflejada en el con­trato la obligación de solicitar la cancelación por un determinado procedimiento y, ade­más, mediasen circunstancias que hiciesen imposible, o muy difícil, que el titular acudiera a la oficina, podrían usarse medios alternativos, como un escrito con la firma original del titular, remitido a la oficina donde se abrió la cuenta por un medio fehaciente —por ejem­plo, por correo certificado o burofax—, o alguna otra solución alternativa propuesta por la entidad que no resulte especialmente gravosa para el cliente. Si encuentras personal que te atienda bien en alguna oficina, prueba a ver si te lo solucionan desde allí... También tienes el Servicio de Atención al Cliente para intentar algo... Dudo mucho que en el contrato ponga realmente que haya la obligación de ir a la oficina X... Suerte!
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