No sé cómo lo hacen los del BBVA, pero las entidades deberían prever un lugar para indicar la identidad sin ser eso el concepto y no cobrar comisión. Pero ya vemos lo que hay...
Lo que comentas es ya de vía judicial...
Saludos
Nada, gracias a ti por comentarnos el asunto. Aunque resulte habitual ver que intentan colar esa comisión en ventanilla, me sorprendió bastante leer que se pretenda aplicar también en cajeros.
Lo que ocurre con esto es que las entidades, como ellos mismos te han dicho, hacen lo que quieren. Aquí, no creo que haya una ley que les prohíba explícitamente el cobro de esa comisión; lo que hay es un criterio del Banco de España, que se permiten incumplir por defecto, y las sentencias en contra que consiguen solamente los que acuden a la vía judicial... Quien reclame, si reclama formalmente, optaría de alguna forma a la devolución... pero el resto, no.
Sea como sea, intuyo que la comisión pretende un efecto disuasorio... El documento de Tarifas que nos aportaste da a entender que los afectados son los que acudan a ventanilla a ingresar en una cuenta en la que no sean un "interviniente", por un lado, y por otro quienes vayan al cajero sin identificarse como clientes. Para ellos, tendrá sentido...
En fin...
Saludos y suerte con la decisión que tomes!
Dejando a un lado comentarios respecto a la operativa que realices o bien las condiciones en otras entidades, paso a enlazar algunos datos sobre estas comisiones (a no ser que haya cambiado algo recientemente, que no me consta)...
Información del Banco de España:
Comisión por ingreso de efectivo en cuenta de tercero
Criterio del Banco de España (con acceso a Memoria e Informe relevante):
Comisión por ingresos en efectivo
Ejemplo de sentencia de un caso particular (noticia de la Unión de Consumidores de Extremadura):
La comisión bancaria por ingresar en ventanilla, ilegal
SJPII nº 2 44/2015, 9 de Marzo de 2015, de Chiclana de la Frontera[PDF] (esto solo por la gracia de ver que el FALLO condena a la entidad, además de a pagar las costas,... a devolver 2€ más intereses...)
Ejemplo de demandas contra la comisión en sí (noticia de la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca):
EKA/ACUV logra una sentencia que obliga a Kutxabank a eliminar la comisión que cobra a terceros por ingresos en efectivo en las cuentas corrientes de sus clientes
La Audiencia de Álava ratifica que Kutxabank debe dejar de cobrar la comisión por ingreso en efectivo
y etc. porque creo está recurrida...
En fin, debe ser algo así como... "si cuela, cuela"... y "pa' la saca" xD
Saludos y perdonad el ladrillo...
No sé si para tu caso sería aplicable el criterio que comentó @Chanquete; las contrataciones a partir de abril del 2012 toman, si se cubren por la nueva normativa, otro criterio. Es decir, la fecha puede ser un factor importante... entre otras cosas...
Comisiones de mantenimiento y administración en cuentas vinculadas a un producto bancario (BdE)
Sea como sea, suerte con ello!
Añadiría a las opciones un par de alternativas...
Por un lado, ver si en el contrato firmado se exige domiciliar el préstamo en una cuenta de la entidad o no; si no lo pone realmente, deberías poder cambiar el pago.
Por otro lado, podrías valorar la posibilidad de convertir la cuenta usada, si acaso te lo permiten, en una sin comisiones (p.ej. la cta.Expansión) y cumplir la vinculación con una simple transferencia/ingreso mensual (sin necesidad de cambiar la nómina).
A ver si alguien aporta algo más... Suerte!
Saludos
PD: Las reclamaciones van por escrito al SAC del banco, como te han indicado, y tienen para consumidores en temas de servicios de pago 15 días hábiles para responder; máximo un mes, justificándose. Si no dan una respuesta que te satisfaga o pasa ese tiempo... se puede acudir al Banco de España
Cómo realizar una reclamación (BdE)
Vaya... estos del phishing van a por bancos, la Agencia Tributaria y todo lo que puedan... :/
Los usuarios no deberían pulsar nunca en los enlaces de los correos, ni responderlos o descargar adjuntos en mensajes sospechosos... En fin, mientras no se conciencien, es lo que hay :/
Gracias por compartirlo!
Saludos
Por lo visto han emitido los correspondientes avisos, p.ej.:
https://www.osi.es/es/actualidad/avisos/2019/03/detectada-nueva-campana-de-phishing-ing
Lo que encontraste sería esto, no? Gracias por avisar! ;)
Saludos
Sobre lo que preguntas, creo que alguien comentó que ciertamente existe la obligación... Aunque, claro... teoría y siempre salvo mejor opinión :)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd439-2007.t7.html#a108
Saludos
PD: El enlace va al principio del artículo 108, pero lo que pides se ve bajando al 108.3
En principio, te pueden cobrar comisiones como p.ej. las de mantenimiento, pero no comisiones y/o intereses por el descubierto que te hace ese cobro. Además de esa limitación, la entidad tiene que cumplir ciertas obligaciones -igual que el cliente las suyas.
Cuentas inactivas (BdE)
Entonces, tendrías que ver qué tienes pendiente, el motivo del saldo negativo, si las condiciones de la cuenta incluían las comisiones cobradas o no, si hubo modificaciones del contrato, si te han ido mandando correctamente o no las notificaciones, etc.
Mejor que lo mires por si tienes algún motivo para reclamar y zanjar el tema (si tienes dudas, pregunta) que dejarlo en el olvido con la deuda creciendo, no?
Saludos
Entiendo que, al final, a cada uno le "costará" según su situación.
Pero, en todo caso, quedaron dudas con el tema... y supongo que se tendría mejor respuesta sobre el asunto al completo consultando en el foro de Fiscalidad...
Saludos