No creo. Una sentencia civil como ésta difícilmente va a influenciar un procedimiento penal. Fíjese lo que pasó con el caso de Bankia: ganado en vía civil y luego en la penal se absolvió a los responsables.
Tienes toda la razón. La promoción publicitaria en contra de normas elementales de protección que la propia entidad ha de difundir. Nueva prueba de que el afán de lucro prevalece sobre el sentido común y la prudencia.
Yo no le veo posibilidades en vía civil a las demandas sobre acciones. Ojalá esté equivocado, pero el TJUE es el supremo intérprete de la normativa europea. Y el Tribunal Constitucional no está por encima del TJUE, como algunos están sugiriendo.