Debería partirse de considerar que incluso estando el tipo de interés en el promedio de las estadísticas del Banco de España hay usura, porque es un tipo sensiblemente más elevado que el de la zona euro. Y se pueden imponer estos tipos tan elevados porque no hay competencia real porque la generalidad de la gente no sabe qué tipo de interés tiene la tarjeta que contrata, ni los efectos que tiene cuando los pagos mensuales tienen importe ínfimo: apenas se amortiza deuda y se alarga el pago hasta el infinito, para seguir devengando intereses años y años.
Hasta ahora se han perdido todas en primera y segunda instancia. Esto ya debería haber cambiado tras la sanción impuesta por la CNMV al gestor del MAB, confirmada por la Audiencia Nacional. Espero que el TS acabe estimando mi recurso de casación, aún pendiente de fijar fecha para la deliberación. Esto favorecería a todos los que tienen pleitos en curso o pendientes de presentar con interrupción de la prescripción.
Un compañero abogado contaba hace años que cuando sus clientes le hacían esta pregunta, contestaba: "Lo más probable es que quién sabe". Creo que el TJUE debería decir que sí se pueden estimar esas demandas, pero a la vista de lo que ha dicho respecto a las acciones, puede ocurrir cualquier cosa.