Televisión --> Vivo prácticamente sin ella. La veo sólo para ver deporte y los informativos. Cuando veo una peli es bajada del ordenador, nunca de las que ponen en las cadenas de televisión.
PSP ---> No tengo ni quiero.
Ordenador --> No podría vivir sin él, sinceramente.
Teléfono Móvil ---> Gasto 15-20€ al mes. Casi vivo sin él.
Internet --> Idem que el ordenador
Drogas(Alcochol,tabaco,cocaína...) --> Alcohol sólo bebo los findes y en cantidades moderadas. Cada vez bebo menos y seguro que sería capaz de vivir sin él.
Vivienda ---> Entiendo que te refieres a vivienda en propiedad, cosa que es totalmente prescindible.
Si tienes menos de 35 abriles, tienes garantizada la ayuda. Consulta a Hacienda. Y también a tu comunidad autónoma.
Si te refieres a la Renta Básica de Emancipación es para menores de 30.
Los requisitos son:
Podrán percibir la renta básica de emancipación, todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener una edad comprendida entre los 22 y 30 años (la prestación se interrumpe al cumplir los 30 años)
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente. La cuantía de la prestación se dividirá por el número de inquilinos titulares del contrato. Cada uno de los titulares puede solicitar la renta básica de emancipación.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.
Se incluye a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad , por invalidez o cualquier otra prestación pública, siempre que puedan acreditar una vida laboral de al menos seis meses de antigüedad, inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos seis meses contados desde el día de su solicitud.
- Si trabajas por cuenta propia y tu fuente regular de ingresos consiste en actividades empresariales, profesionales o artísticas, podrás deducirte para el cómputo de los ingresos brutos los gastos necesarios para su obtención.
- Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. Para extranjeros no comunitarios es necesario tener la autorización de residencia permanente en España
http://www.emancipacionjoven.es/index.php?id=1161
Además, esta ayuda es compatible con la deducción fiscal del 10,05% y otras ayudas autonómicas.
Yo la pediré la semana que viene puesto que firmo en estos días el contrato de alquiler. Me han dicho que tardan unos tres o cuatro meses en concederla pero pagan con caracter retroactivo.
Yo …… tengo esta necesidad, si voy algún sábado no tengo colas, me siento con el director, comentamos lo del barça, salimos a tomar un café, y luego me intenta vender no sé preferentes, yo le mando al cuerno, y pago el café por haberle faltado al respeto, le presento mis reclamaciones de comisiones indebidas (o no aceptadas por mi) por escrito obviamente …. En fin……
Jajajajajajaja... genial, por eso eres el usuario del día.
Pues con lo fácil que es falsificar un pantallazo, es normal que la Junta exiga un papel sellado por el banco.
Yo hace unos meses para que me devolviese un dinero el Ayuntamiento también tuve que ir a mi oficina a que me sellasen el documento donde yo había rellenado previamente los datos de mi cuenta.
Lo de cobrar por los certificados de posiciones y todo eso, es una mala treta de los bancos. Curioso es cuando vas a subrogarte o a cancelar una hipoteca y te clavan 30€ por un papel donde dice lo que debes.