La fianza no, pero en algunas comunidades autónomas si la fianza se deposita en la cuenta habilitada al efecto por la comunidad autónoma (además hay que hacerlo así por ley), entonces puedes tener derecho a una deducción autonómica que puede estar muy bien.
Me alegro que haya sido tan rápido. La verdad es que por desconocimiento o miedo mucha gente no reclama lo que le corresponde y regalan tontamente su dinero. A ver si con foros como este la gente pierde el miedo a reclamar lo que es suyo.
Esos ingresos ya le constan a Hacienda como actividades profesionales y no puedes hacer nada para cambiarlo de su base de datos, si quieren indagar, indagarán de todas maneras, lo pongas como lo pongas. Ellos confían en los datos que ellos tienen, no en lo que tu declaras. Yo pienso que la mejor manera es como te he dicho, es la manera que coincide con los datos de Hacienda y es poco probable (no imposible) que hagan mas indagaciones puesto que el importe no es grande.
Si no lo declaras es peor porque estás obligada y entonces te podrían sancionar y entonces es más probable que acaben indagando...
Según el criterio de Hacienda, no debes reflejar nada ya que el canje lo han hecho por el nominal y no han salido a la luz las cuantiosas perdidas que en realidad existen.
Solamente debes declarar en la casilla 026 si te están pagando algún tipo de rendimiento.
Ten en cuenta que Hacienda nunca devuelve más de lo que te han retenido durante el año. Si antes de hacer la declaración ya te devolvían todas las retenciones, por más que añadas deducciones no te van a devolver ni un céntimo mas. (mira a ver si este es tu caso...)
El seguro de hogar, no lo está aceptando Hacienda para deducir, ya que Hacienda interpreta que sólamente es deducible el seguro de incendios.
Lo que tienes que hacer es pedirle a tu compañia de seguros que te haga un certificado o similar de la parte de la prima que corresponde a la parte de incedios (ya sabes, normalmente un seguro de hogar incluye también contenido, joyas,...).
Una vez tengas el justificante correspondiente de los últimos 4 años, deberás presentar un sencillo escrito solicitando la rectificación de tus declaraciones para que te incluyan el importe del seguro de incendios. También deberás presentar algún documento donde ponga que la contratación del seguro de incendios era obligatoria para contatar la hipoteca.
Te recomiendo lo de volver a hacer la declaración y ya está, aunque si te sale a devolver y te urge la devolución, es mejor que vayas a Hacienda para ver si te pueden anular la anterior o al menos que tomen nota de la incidencia.
No le pongas epígrafe, no es un dato obligatorio en la declaración. Y pon modalidad simplificada.
Hacienda espera que lo declares como actividad profesional, esta es la manera de declararlo con menos probabilidades para que se metan contigo. Aunque lo pusieras como rendimientos del trabajo, el sistema de filtros de Hacienda saltaría porque no has declarado los rendimientos de actividades profesionales que salen en tus datos fiscales.
Aunque el bien es el mismo, deberías declararlo como 2 transmisiones, una por la parte que adquiriste por la herencia y la otra cuando compraste el resto del inmueble. Deberás prorratear el importe de la venta entre las 2 operaciones.
No es muy fácil explicarlo, pero al menos te doy una idea de cómo declararlo.