Es accidente de trabajo todo lo que ocurra en el puesto de trabajo. Una vez tramité un infarto con fallecimiento como A.de Trabajo y la compañía de seguros lo pagó como tal. Inicialmente, si el ictus ocurrió en casa, ANTES de ir o volver del trabajo y no guarda relación con el puesto de trabajo es enfermedad común.....imagino que si lo pregunta es porque hay mas chicha en el tema.....
Parece mentira. Siempre que se habla de banca y seguros se dice lo mismo....por algo será.
Un seguro de accidentes cubre accidentes e invalideces derivadas de accidentes. Está claro que el banco, cuando hiciste la hipoteca tenía que vender...lo que fuera a cualquier precio.
Para contestarte a ti mismo mira quien atiende en este mismo foro a las consultas de los asegurados....¿bancos?, ¿lineas directas?. ¿comparadores? ¿De verdad piensas que no vale la pena tener a un personal de forma gratuíta a tu servicio?
Saludos.
En primer lugar, aclarar que no es lo mismo un robo (tiene que haber violencia en las cosas, ej..cerradura forzada), que un hurto (robo por descuido).
Normalmente se cubre como una cobertura optativa dentro de la póliza del seguro de hogar el contenido declarado en el trastero. Si no tienes la factura no te preocupes, si declaraste el valor del contenido del trastero no habrá problema.
Saludos.
Tomador: el que contrata la póliza
Propietario: tu padre.
¿que problema hay? Además en seguros hay una figura que se llama el "interés asegurado". Es decir, si tu tienes un interés sobre el bien asegurado, puedes contratar la póliza.
Legalmente no pueden obligarte a hacer ningún seguro. La verdad es que si te obligan a ello, dice muy poca cosa sobre la profesionalidad y ética del banco. Pídeles que te den por escrito que es obligatorio.
Mira en otros bancos.
Lo que llegas a hacer por intentar ahorrarte algo. Haz lo que dice Furia, que te ha dado un gran consejo. No habrá mucha diferencia en el precio y además le tendrás a tu lado cuando tengas siniestros.
Los daños estéticos están cubiertos siempre y cuando haya habido un siniestro amparado en póliza. Es decir, si las baldosas se han levantado a causa de una mala colocación no estará cubierto. Ahora bien, si por ejemplo se te rompe una tubería y como consecuencia de ello hay que levantar el suelo y ya no hay baldosas como las que tenías, entonces es cuando entra en juego la garantía de recomposición estética.
Averigua la causa exacta por la cual se han levantado las baldosas y llama de nuevo a la compañía.
El Juzgado es una lotería. En primer lugar tendrá que pagar la reparación, y luego aportar la factura en el mismo. El Juez puede darte la razón, dársela a la compañía, o estimar parcialmente la demanda....
Antes se le presentaba la factura y se condenaba a pagar....ahora no siempre. Se práctico:
-O coges lo que te ofrezca la compañía (intenta que te den un poco mas, a veces funciona).
-O de perdidos al río. Arregla el coche y a jugar a la lotería-juzgado. El sorteo no se celebrará antes de una año, seguro.
De todas formas tu agente o corredor ya se encargará de hacer todas esas cosas por tí.
Saludos.