Buenos dias;
Debes haber hecho las dos en la misma declaracion de forma individual en el programa padre, despues de que hayas comprobado que de forma conjunta no te salga mas rentable, lo que puedes hacer es en la ultima pagina, (Documento de ingreso o devolucion) en liquidacion, debajo de la casilla 770 marcar la casilla 7 y automaticamente se compensan las dos declaraciones. (puedes comprobarlo cambiando la opcion de tributacion)
Saludos.
Buenos dias,
Correcto, esa es la cuenta, pero siempre debes tener en cuenta los gastos tanto en la venta (restan el importe bruto) como la compra (suman el importe bruto).
Saludos.
Buenos dias,
Yo lo que haría es indicar mi numero de cuenta para que me los ingresarán a mi tal y como procede, y una vez estando en mi cuenta, haría la transferencia a esta asociacion, solicitaría un certificado a la misma, y lo tendría en cuenta para la declaracion de 2012 ya que si la asociacion cumple con los requisitos exigidos, este importe donado puede ser deducible en las proximas declaraciones.
Saludos.
Buenos dias;
La opcion A tal como comentas no tienes que hacer nada de momento.
La opcion B tambien correcto.
La opcion C si no entiendo mal, vendes en mayo de 2011, por tanto declaras la plusvalia/minusvalia de ese movimiento, y las restantes (desde Junio), cada vez que vendes vuelve a ocurrir lo mismo que antes debes declarar cada venta siempre teniendo en cuenta que hay que valorarla mediante el metodo FIFO, (first into first out), es decir, si vendes por ejemplo 100 la plusvalia/minusvalia la tienes que calcular teniendo en cuenta el precio de compra de las 100 primeras que comprastes, y así sucesivamente cada vez que vendas acciones y por ultimo de esta forma debes indicarlo en el programa PADRE (Pagina 9 (III) Casilla 341/342 tantas ventas como hayas realizado.
Saludos, espero haberte ayudado.
En primer lugar si la cuota de autonomo la paga la empresa, se consideran rendimientos en especie y se le debe aplicar la retencion de IRPF en la misma, los datos fiscales que le aparecen en Hacienda, son por que el asesor laboral ha dado esa información, por tanto parece raro, yo comprobaria la nomina esta de administradores remunerados ya que suelen ser un poco liosas respecto al calculo de las retenciones y el desglose.
Si cotiza como autonomo no es necesario que lo haga tambien en regimen general.
Saludos.
Buenos dias;
El de vida al 100% deducible.
El del hogar la parte que corresponde a incencio, y la forma de saberlo es consultandolo al la agencia que te hizo el seguro en caso de que no te lo ponga en el recibo (aparace como continente).
Y por ultimo el de proteccion de impago en principio no es deducible, solo serían los de cobertura de riesgo de tipo de interes, es decir, un seguro hecho para el caso en el que te suba el porcentaje de interes.
Pero recuerda siempre que deben estar viculados por obligación a la hipoteca, (que aparezca en la escritura) de lo contrario es arriesgado.
saludos.
Jajaja, eso ya depende de ti, mira a ver si es mucha la diferencia y si te merece la pena, normalmente y sin q sirva de presedente no se suelen meter en eso, ahora eso sii, si te toca te toca.
Saludos y suerte.
Buenas tardes, normalmente se mete sea obligado o no, para mayor seguridad ante una posible reclamacion de hacienda, comprueba en la poliza del seguro si esta o no vinculado a ese prestamo.
Saludos