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Participaciones del usuario juan_pc - Fiscalidad

juan_pc 11/05/17 13:15
Ha respondido al tema Deduccion IRPF inversion inmobiliaria
Gracias por la respuesta, He encontrado respuesta en la consulta vinculante V4040-16, la cual inidica que es necesario que el elemento (inversión inmobiliaria), la cual me despeja las dudas sobre si la inversión inmobiliaria también debía de ser nueva ya que la ley no es muy clara en su pronuncia.
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juan_pc 11/05/17 13:13
Ha respondido al tema Deduccion IRPF inversion inmobiliaria
Gracias por la respuesta, pero no es lo que pregunto, se trata de la deducción por inversión de beneficios de emresas de reducida dimensión, (art. 68.2.b de la Ley 35/2006). He encontrado respuesta en la consulta vinculante V4040-16, la cual inidica que es necesario que el elemento (inversión inmobiliaria) debe ser nuevo, no obstante, gracias por la información.
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juan_pc 02/04/13 13:01
Ha respondido al tema Ya se puede solicitar y confirmar el borrador de la Declaración de la Renta 2012
Añadir si cabe: Que no confirmen el borrador por el mero hecho de que salga cantidad a devolver, ya que en la mayoría de los casos se pueden deducir importes adicionales no incluidos en el mismo tales como seguros de vida hipotecarios, hogar (parte proporcional de incendios), deducciones autonómicas, etc. Revisar y consultar antes de confirmar. Saludos.
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juan_pc 02/04/13 12:53
Ha respondido al tema Licencia de apertura para autónomo
Buenos dias, Si no vas a tener realmente el local, no será necesario pagar licencia de apertura pues si vas a trabajar en varios lugares a la hora de realizar el Alta censal modelo 036 o 037, debes indicar que la actividad se va a realizar fuera de un lugar determinado. Saludos.
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juan_pc 06/03/13 16:30
Ha respondido al tema Firma electronica para presentar impuestos de terceros en Hacienda y registro
Buenas tardes, Para poder obtener la firma digital como colaborador, es necesario estar colegiado o en su defecto adherido a cualquier asociacion de asesores fiscales o similar, pagar tu cuota mensual, y si ademas eres recien licenciado, en el colegio de titulados mercantiles no pagaras la cuota de ingreso, solo las mensualidades como ejercientes, ellos mandaran esta informacion a Madrid directamente para poder obtener el apoderamiento, a partir de aqui deberas ir al enlace que proporciona Empty. No obstante si vas trabajar para alguna empresa que ya tiene su propia firma digital, no necesitaras la tuya, ya que puedes hacerlo con la de cada uno de ellos. Saludos.
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juan_pc 26/02/13 09:44
Ha respondido al tema Duda clinica veterinaria
Buenos dias, En principio la situacion es la misma, salvo que se está facturando todo tal y como corresponde según el tipo de IVA, es decir, si se venden pienzos para animales, se venden al 10 %, y pasa a formar parte de los rendimientos de la actividad del epigrafe 945, con el fin de que en caso de inspección, al menos exista repercusion de IVA de forma correcta, solo quedando pendiente el alta en la actividad correspondiente, en este caso en recargo de equivalencia. Lo correcto es dar de alta la actividad en concepto de sector diferenciado, y esta actividad debe ir con recargo de equivalencia, separar las facturas recibidas por compra de productos destinados a la venta, (que deben ir con recargo de equivalencia)y las que son para utilizar en la prestacionde servicios, tales como medicinas, vacunas, etc.. Para los gastos comunes se debe aplicar la prorrata general. Respecto a actividad, despues de darle 1500 vueltas, entiendo que no se puede considerar accesoria bajo ningun concepto ya que se encuentra ubicada como actividades totalmente distintas en el CNAE, ademas de otros criterios. Saludos.
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juan_pc 04/02/13 13:25
Ha respondido al tema Modelo 347
Para el caso de las facturas recibidas, tienes hasta cuatro años para deducir el IVA, asi que puedes perfectamente contabilizarlas en la fecha de recepcion, es decir 2013, ten en cuenta que en la mayoria de los casos hacienda comprueba dos ejercicios fiscsles para cruzar el modelo 347, por lo tanto, la variación puede quedar anulada de esta forma, aun asi si no coincide no es preocupante ya que se tratan de facturas recibidas y no emitidas. Deberias tener en cuenta que aunque la contabilices en 2013 y teniendo en cuenta la imagen fiel de la Empresa, deberías computar el gasto en el año que realmente se produce mediante el asiento de facturas pendientes de recibir. Saludos.
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