Keranui
08/07/23 13:12
Ha respondido al tema Puede ser cierto esto que explicó? - Jubilación
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Un conocido tiene el documento que acredita 2 años de exceso para el cómputo recíproco En el caso habitual de una persona que realiza el servicio militar por un tiempo superior al periodo obligatorio y al licenciarse encuentra trabajo en una empresa en la que comienza a cotizar a la seguridad social, el informe de vida laboral y las cotizaciones solo incluyen la parte en que estuvo de alta en la empresa y se aplica el exceso solo a efecto de años cotizados no de bases de cotización sin detallarlo en el informe de vida laboral... de hecho, mi experiencia es que en las oficinas del INSS no suelen aceptar el informe de cómputo recíproco hasta el momento en el que el trabajador solicita la jubilación -lo que crea una cierta incertidumbre e indefensión del trabajador.No obstante, si he entendido el caso de su conocido, dos años de exceso recíproco significa que realizó un periodo de "servicio militar" de tres años y medio lo que me lleva a pensar que su conocido puede haber pertenecido como profesional a las Fuerzas Armadas y haya cotizado durante ese periodo... si es ese el caso, por criterio de prudencia, yo consultaría en una oficina del INSS previa cita.Un saludo