Ahí te voy a dar la razón, igual le ofrecen el 60% sobre tasación como en segunda vivienda. Yo si fuera mforn me pondría serio con el banco para que agilicen lo máximo posible o amenazaría con cancelar la operación, verás como se dan prisa. Saludos a ambos.
Buenas Jonathan95. Lo primero mandaros ánimos porque el asunto no tiene buena pinta. Yo sin tener delante los documentos las licencias no te puedo decir si verdaderamente lo teníais en regla. Y si ya fuisteis a juicio y lo perdisteis, seguro que algo mal había (salida de humos, licencia de bar etc). Las leyes que os afectan cambiarían durante esos 15 años y no estaríais actualizados probablemente. Yo pagaría esos 3.000 € antes de que siga creciendo la deuda y si no podéis pagarlo tendríais que declararos insolventes.
Si podéis recurrir o no la sentencia, te lo tendrá que decir tu abogado que lleva el caso. Saludos y suerte de nuevo.
No creo que tengas problemas porque si lo piensas, la gente hipoteca su casa (es decir, pone su casa como garantía) para tener financiación para cancelar deudas, para hacer reformas etc. Luego, ¿la firmas de las arras va por inmobiliaria o directamente al particular? Lo digo porque quizá te ayude este hilo que he encontrado (respuesta de Parismil): https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2070471-ayuda-fecha-escritura-contrato-arras
Un saludo.
Lo que dice estrictamente la ley, es que la derrama debe pagarla el que sea el propietario del inmueble en el momento del pago, por lo que podrías jugar con eso. Si tú ya has pagado 2 letras y firmado, te corresponde a ti. Pero teniendo en cuenta que el comprador no sabía nada y en sus arras no se indica esta carga, se sobreentiende que él compra el piso libre de cargas (sin costes ocultos).
Como tú mismo has comentado, al ser una negociación entre particulares podéis pactar lo que queráis, pero no creo que al comprador le haga gracia que después de firmar arras tenga un sobrecoste no esperado. Yo le bajaría el precio de compraventa y así no te tienes que preocupar por la vivienda más. A mi no se me ocurriría "dejarle el muerto" de esa forma porque tiene toda la pinta de acabar en denuncias. Saludos.
Con la información que cuentas, poco te podemos decir. Si no se preveía ese "estudio" de las cuentas y los presentes no quieren hacerlo, pues desgraciadamente no se hará en la Junta y tendrás que verlo después. Lo que se me ocurre es que en la próxima Junta Ordinaria se incluyan esos puntos que comentas en la Orden del Día para explicar la información de las cuentas. Háblalo con el presidente.
La clave está en lo que te ha preguntado muros: ¿Tenías el contrato de alquiler registrado?
Si el contrato no se registra en el Registro de la Propiedad, el propietario tiene derecho a poner a la venta el piso.
al ser una "solicitud" y no una "presentación de documentación" lo lógico es esperar a la resolución positiva. Mira este párrafo de la agpd:
En el plazo de 3 meses se dictará y notificará la resolución que se adopte por el Director de la Agencia, transcurrido dicho plazo sin que así se hubiera procedido el responsable podrá considerar estimada su solicitud.
fuente: https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canalresponsable/conservacion_datos/index-ides-idphp.php
hola. sin más datos no te podemos ayudar mucho. hay muchos factores que dirán si es buena idea o no montar un negocio. uno de ellos son los competidores como bien has dicho, pero hay muchísimos otros: coste del local y personal, gastos de autónomo, precio de los productos que compres y su elaboración, etc. La clave es que sepas atraer clientes (por redes sociales sobretodo) y llevar una buena gestion. pero insisto, sin más datos...
si claro. por eso cada varios años se hace una procedimiento de valoración colectiva, porque todos los inmuebles de un municipio tienen valores catastrales antiguos y los actualizan de una tacada.
olvídate del tema porque (en mi opinión) un valor catastral bajo son todo ventajas. menos ibi pagarás, entre otras cosas.