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Participaciones del usuario Panconqueso

Panconqueso 28/06/24 11:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ya sabemos que es imposible predecir el futuro… Con las premisas que actualmente están sobre la mesa es más que probable que la DT 34ª no te sea de aplicación en 2027.El criterio de gestión  https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/9ce47385-1f28-450f-bc04-c77ad9caf625/CRITERIO+DE+GESTION+4-2022.pdf?MOD=AJPERES  presume que solo alcanzará hasta 2026. No especifica si 2026 estará incluido o no. Dependerá fundamentalmente de la evolución del IPC… Pero a 2027 parece muy muy difícil que pueda llegar.En tu caso haría todos los cálculos utilizando ya la “tabla general” de jubilación anticipada contenida en la Ley 21/2021  https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21652  Lo de bajar a mínimos la base de cotización es muy probable que te venga bien. El exceso de cotización no sirve de ná… Y más si, como comentas, que mantener la base máxima te obligaría a endeudarte.
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Panconqueso 21/05/24 19:48
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Asi es, el caso de Jaff61 es similar al tuyo. Coincido con todos los compañeros en que la fecha legal de tú jubilación es el 26/12/26.   Lo que no es fácil comprender es que la persona que te atendió telefónicamente tenga, a estas alturas, tal cacao interno en su linda mollera. Porque esto no es nada novedoso. Así lleva haciéndose desde que se aprobó, en la Reforma de 2013, elevar la edad ordinaria de jubilación de 65 a 67 años de forma gradual.Si fuera mi caso lo que me preocuparía es eso de las incidencias en tu vida laboral que no te permiten acceder al simulador... Cuando vayas a la cita presencial (ojalá te toque alguien más espabilado) procura aclarar ese punto para tener el horizonte despejado si tu intención es la JAV para esta Navidad...
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Panconqueso 09/05/24 11:47
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ningún remilgo Fran. Cumples perfectamente con los criterios del apartado 3. También tuve mis dudas. La palabra que me descolocaba era “extinción”… pero hay que tomarla como “cese” en el trabajo antes de 01/01/2022. A todos los casos que hemos visto que cumplen esa condición podría aplicársele el apartado 3, si les fuera más beneficioso que el apartado 2. El hecho de que nuestro cese fuera (mediante un acuerdo colectivo) voluntario no merma las circunstancias que dan acceso a esa modalidad. La voluntariedad es algo muy relativo…¿Cuántos ERE hay y ha habido con adscripción “voluntaria” y en los que pueden acogerse a la jubilación anticipada involuntaria?
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Panconqueso 27/04/24 00:09
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Compa, eso es viejuno. Esos son los acuerdos a que se llegaron con los sindicatos y patronal, creo que en diciembre de 2021,  previamente a la firma de la Reforma de las pensiones el 28/12/21. Todo eso es lo que tenía que haber sido pero no fue… Una pésima redacción de la DT 34ª (fundamentalmente el baile de dos palabritas: “norma” y “regla”, muchos ya lo pilláis, que en eso tenía razón nuestro “amigo” Solsona), y cambió todo su sentido… que era, como ves en el link que has subido, que nadie se viera perjudicado con la reforma. Ahora ya estamos en la realidad de 2024 y ese bailecito de las dos palabritas nos ha llevado a donde ahora estamos.
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Panconqueso 25/04/24 23:59
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Muchas gracias a ti, Icens, por tu respuesta.Siento en el alma tener que decirte lo que sigue… Pero con esa BR en diciembre de 2027 veo muy improbable que, en el caso (también improbable) de que la DT 34 alcanzara hasta esa fecha, te fuera a ti de aplicación. Piensa que los cálculos que hace el simulador son con una subida estimada de las pensiones del 2% (ni siquiera tiene en cuenta la subida del 0,115% a partir de 2025 y sucesivos) y tu BR solo supera a la PMax así calculada en 13€. Cualquier subidita por encima de ese 2% hará que te pille el toro y que tú BR sea menor que la PMax.Respecto a la simulación de enero de 2028 tu BR ya está por debajo de la PMax (incluso con sus previsiones muy conservadoras) y por eso te pasan a la Tabla de reducciones por anticipación “general” que por 14 meses de anticipación y habiendo cotizado más de 38,5 años y menos de 41,5 es de ese 6% que te aplican.
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