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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1681

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Con el error de transcripción corregido
Con el error de transcripción corregido
#1682

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Jesan10. Creo que ya sé porqué te sale el texto ese con que tu fecha ordinaria es el 18/9/2027. La razón es que no has llegado a cotizar 38,5 años (igual que yo) con lo cual, el simulador calcula tu edat de jubilación suponiendo que no vas a cotizar más, es decir, calcula cual seria tu edat ordinaria si sólo tuvieses cotizados los 37 y pico que dices. A las personas que a los 63 años ya han cotizado los 38,5 les pondrá su fecha ordinaria los 65 años, porque seguro que tendrán el mínimo necesario cotizado cuando cumplan los 65 aunque ya no coticen más.
En nuestro caso, tenemos que acceder a la JAV estando cotizando (alta o asimilada) y entonces suma esos 2 años de cotizaciones a la sombra porque entiende que continuaremos cotizando y llegariamos a 38,5 (ó 38a3m) a los 65. No sé si me he explicado. 
#1683

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sí, sí, está claro, Jaumesg, la explicación es clara muchas gracias tiene todo todo el sentido del mundo. Pero claro, debería de entender el sistema que gente como yo, y creo que tú, trabajaremos hasta el último día antes de pedir la JAV, eso es lo que tú muy bien correctamente dices , y que eso es lo que le ponemos en el simulador. Y por tanto también nuestra jubilación ordinaria sería en mi caso el 18/09/2025 que es lo correcto y no en 2027, como dice el simulador


Saludos
#1684

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Se me está complicando algo la jubilación anticipada a finales de año, y es posible que deba retrasarla entre 3 y 6 meses. Es decir, ya en el 2025.

He hecho la simulación y la herramienta me aplica los coeficientes transitorios.

Sin embargo, me parece recordar que analizando el Criterio de gestión 4/2024, y sus motivaciones, llegamos a deducir que en el 2025 se mantendría la DT34 siempre que la inflación del 2024 fuera inferior al ¿5,3%?, y que probablemente en el 2026 ya no se aplicaría la DT34. 

Es correcto, ¿verdad?.
#1685

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Werner Pauli. Según mis cálculos, con un 5,1% de IPC en 2024, en 2025 todavia se aplicará la DT34. No creo que se llegue. Puedes estar tranquilo.
#1686

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Como bien dice Jaumesg, es el 5,1% de IPC a final de 2024, lo único que debes de tener en cuenta y por lo tanto vigilar es el promedio que a día de hoy esta en el 3,24%, a ese dato ten en cuenta que el año que viene la pensión máxima aumenta otro 0,115%, con lo cual el aumento de la Pensión Máxima para el año 2025, con el dato de IPC promedio a día de hoy es: 3,355%, todavía lejos del 5,1% que calculamos
#1687

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No sé cuales son tus condiciones pero retrasar una pensión máxima unos meses es dinero que tardas años en recuperar 
Saludos
#1688

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

hola buenas soy nuevo en el foro y necesito ayuda.
por favor alguien puede ayudarme 
#1689

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para poder ayudarte debes de decir en que podemos hacerlo, y luego que podamos aclarartelo
#1690

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Evidentemente.

#1691

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

naci en 1964 13 de junio 
A fecha de hoy tengo 40 años trabajados
Tengo cotizacion maxima hasta ahora
Hice convenio especial en febrero de 2019
Hoy he estado en la oficina de Madrid en la calle Cedaceros.
De cuatro personas que me han atendido me han dado cuatro respuestas diferentes.
1.- Solo se puede aplicar la transitoria 34, y como llevaba hecho un simulacro, me han escrito encima poniendo que quedaba menos de pensión del que yo llevaba.
2.- solo me valdria el que llevaba yo  era pension de jubilación voluntaria anticipada 
24 meses.
3.- podria elegir yo lo mas favorable para jubilarme en junio de 2027.
4.- Era demasiado pronto para saber los datos correctos pues seguro que volverian a cambiar.
Estoy hecho un lio, no se si bajar las cotizaciones los dos últimos años al mínimo, pues si tengo que seguir pagando lo máximo tendría que pedir un préstamo.
Si entre ellos mismos no se ponen de acuerdo que seguridad tengo yo de que la simulación que hago sea la correcta.
Muchas gracias por ayudarme.

#1692

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No se si con esos datos será suficiente. Gracias.
#1693

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Con la información que das, ayudaría aún más, si mostrases una captura de la primera hoja de la simulación que indicas llevaste al CAISS de Madrid, pues hay viene parte de la información que has transcrito, como años cotizados, base reguladora, fecha de jubilacion anticipada, y alguna cosa más. Pero para ir aclarandote un poco los conceptos en base a lo que cuentas:
El que hayas trabajado 40 años no implica que estén cotizados esos años, en la hoja de la simulación te indica el tiempo cotizado realmente, hasta la fecha que hayas indicado como jubilación
Con la cotización Máxima, pasa algo parecido, has cotizado por la máxima los últimos 25 años o 10 o.... la información que te muestra la simulación, que realmente interesa para calcular la jubilación, es la Base reguladora, que es la suma actualizada de las bases de cotización, en principio de los últimos 25 años, dividida por los 350 meses de esos 25 años considerando años de 14 meses, para incluir las gratis. 
Dejaste de trabajar de forma voluntaria, por lo que podrías jubilarte anticipadamente con 63 años en 2027 o fue consecuencia de un ERE o similar. 
La DT 34, que te dijeron, en principio, solo se aplica si la Base Reguladora es SUPERIOR a la Pensión Máxima del año en el que te jubilas, en este caso 2027. En esa simulación, se ESTIMA, que será una cantidad, que es una previsión en función del IPC futuro para los años 2024, 25, 26, y 27. 
No puedes elegir la pensión que te sea más favorable, en función de unos condicionantes de la DT 34, la propia Seguridad Social (INSS) te aplicaría la pensión más favorable para ti.
Evidentemente, como te han indicado, el simulador te da una información que es ORIENTATIVA a día de hoy, pues aún quedan para tu fecha de jubilación tres años, y hay dos cosas que van a influir en tu futura pension:
1.- La cotización del Convenio Especial, que evidentemente, tu puedes modificar anualmente, y que afectará a la Base Reguladora
2.- El IPC, que es el que va a influir en la Pensión Máxima, la Base Reguladora. 
3.- Nuevas modificaciones que ya están en la ley, que te van a afectar, seguro, y que la simulación no toma en cuenta, ahora no recuerdo bien cuales pero que entran en vigor en 2025 y 2026. 
4.- Probablemente, las penalizaciones de la DT 34 dejen de aplicarse en 2026, por lo que la Penalización que te apliquen sea mayor que la que te da el Simulador. 
Lo dicho, muestra una captura de la simulación que has hecho y se te ayudará/aclarará lo que buenamente podamos, pues no somos expertos en la materia. 
Espero haberte ayudado un poco con toda esta "novela" 

#1694

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34


Buenos días, primero darte las gracias por tus comentarios.
Os envío tres simulaciones que van cada simulación con 3 capturas de pantallas.
La primera simulación la efectúo con la base minina en los últimos 2 años .
La segunda simulación corresponde  con base mínima en el ultimo año.
La tercera simulación es alargando cuatro meses mi jubilación y los dos años cotizando lo mínimo.
Cuando me jubile en el 2027 tendre 43 años cotizados.
#1695

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya sabemos que es imposible predecir el futuro… Con las premisas que actualmente están sobre la mesa es más que probable que la DT 34ª no te sea de aplicación en 2027.
El criterio de gestión  https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/9ce47385-1f28-450f-bc04-c77ad9caf625/CRITERIO+DE+GESTION+4-2022.pdf?MOD=AJPERES  presume que solo alcanzará hasta 2026. No especifica si 2026 estará incluido o no. Dependerá fundamentalmente de la evolución del IPC… Pero a 2027 parece muy muy difícil que pueda llegar.
En tu caso haría todos los cálculos utilizando ya la “tabla general” de jubilación anticipada contenida en la Ley 21/2021  https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21652  

Lo de bajar a mínimos la base de cotización es muy probable que te venga bien. El exceso de cotización no sirve de ná… Y más si, como comentas, que mantener la base máxima te obligaría a endeudarte.