Me da a mi que te costará más vender o alquilar la vivienda donde vives ahora que la de Madrid. Por ese motivo amortizaría la hipoteca que tienes en la ciudad donde resides, y dejaría la otra sin tocar.
Si lo que pretende es que le financien la compra, deberá cumplir lo que le pida el prestamista. Los gastos de impuestos ascienden a un 10% aproximadamente, pero la financiación no debe de superar el 80% del valor del inmueble.
Que lejos parece el año 2007
Toda la documentación que neesitas se puede conseguir en un par de días, SALVO la escritura de adjudicación de la herencia, pero si en tu mensaje dices que ya hay nota simple con las nuevas propietarias, esa escritura ya existe.
Yo creo que si se ponen en serio pueden conseguir el informe de eficiencia y el certificado del Administrador sin ningún problema. Incluso tú mismo puedes conseguirlo si tienes acceso a la vivienda.
En tu situación, no te corresponde pagar esa derrama. Es una deuda ni exigible ni liquida, puesto que en el momento de la venta no se sabía si se iba a realizar ni el importe, lo cual te dejaría a ti indefenso.
Si quieres consultalo con un abogado, pero tranquilo que no te pueden reclamar nada.
las ofertas vinculantes del banco -creo recordar- duran dos o tres meses. No creo que las arras sean muy superiores en tiempo, pero consultalo con el banco.
Leed bien la escritura de la hipoteca. Normalmente, se suele incluir como avalista a otras personas distintas a los titulares del piso, lo cual no es lo mismo que ser titular de la hipoteca.
Si fallece un avalista, no hay repercusión, salvo que el banco os pida que cubrais esa garantía perdida tras el fallecimiento, aunque no conozco ningún caso así.
No se lo que habeis firmado, pero la fórmula de compartir llaves me parece horrible. Si las hijas no pueden pagarse un avión o lo que sea para vaciar un piso sabiendo que van a recibir una pasta por la venta del piso, se merecen todo lo malo que les pase.
Te dirán que has estropeado los muebles o tendrás problemas de algún tipo. Ya verás.