Eso es. Pero recuerda que lo de monoparental será solo en caso de que consigas la guardia y custodia completa judicialmente de tu hijo, para eso necesitarás la sentencia de divorcio y el convenio regulador, y al paso que va la justicia igual tardas un tiempo en conseguir esos papeles... si los consigues, pues vuelves a notificar variaciones en la Seguridad Social y que te ajusten lo que tengan que ajustarte.
No sabría decirte; se supone que sí, pero con la Seguridad Social nunca hay certezas totales. Respóndeles lo antes posible a su petición de información y sigue los consejos de tu abogada... otra cosa no puedo decirte.
Pues si le endosas en asunto a tu abogada y se encarga ella mejor, pero sobre todo dile que te mande copia a tu email de lo que les responde y adjunte, que no le cuesta nada y así revisas que sea diligente en la respuesta.
Pídele al Secretario Judicial que te selle una de tus copias como entregada o mejor aún, que te aporte algún tipo de justificante y eso lo entregas a la Seguridad Social, pero date prisa en los trámites porque la Seguridad Social te habrá dado un plazo de X días para aportarles la información que piden.
Acá en este enlace que le pasé a un compañero del foro hace unas semanas https://paiporta.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13897 tienes información de los documentos y cosas que te pedirán.
A ver, al notificar el cambio de unidad familiar te van a pedir explicaciones del porqué (como ha sido el caso) así que imagino que habrás iniciado los trámites de separación y divorcio y eso es lo que quieren saber, o si ha ocurrido por violencia de género (VG) pues la correspondiente denuncia en sede policial, o bien algún informe de Servicios Sociales... eso es lo que te piden, algún documento acreditativo de la situación que ha ocasionado esa decisión de que cambie el padrón por el cual ha variado tu unidad de convivencia.
Pues espérate porque lo último que he leído es que algunas de las ayudas por la DANA están supeditadas a la aprobación por parte del Ejecutivo de los Presupuestos Generales del Estado del 2025, ojo... quiero decir que se cuenta en algunos medios que si no se aprueban dichos PGE 2025 no habrá ayudas 😱 inmediatas, así que igual lo del IMV "se retrasa" aunque esperemos que no...La Seguridad Social, por su parte, ha indicado que los beneficiarios del IMV residentes en las localidades afectadas recibirán dichos complementos del +15% automáticamente https://revista.seg-social.es/-/seguridad-social-y-agencia-tributaria-detallan-medidas-afectados-dana
Es porque también tienen en cuenta los ingresos del año anterior al 2023... si en la casilla 0022 del IRPF 2023 tienes por ejemplo 4000 y en la 0022 del IRPF 2022 tienes cero, o sea que no existe dicha casilla, tu máximo incentivo serían 4000 (ojo, el máximo de bonificación, que no significa que te lo puedan aplicar completo), pero sí en el IRPF 2022 en dicha casilla 0022 tienes 3000 el máximo de incentivo serían 1000 porque es la diferencia.De la misma forma, si en IRPF 2022 en dicha casilla 0022 tuvieras 5000, pues no tendrías derecho alguno a la bonificación porque tus ingresos del IRPF con el que te revisan deben ser superiores a los del IRPF anterior.Esta gente no da puntada sin hilo, ya idearon un sistema complejo de calcular con vistas... es igual que las ayudas por la DANA de Valencia, que ahora dicen que están sujetas a la aprobación por parte del Ejecutivo de los PGE 2025 ... hay que joderse!
Si te llega a casa es igual dentro de un tiempo... recuerda que los acontecimientos han sido primero revisarnos el IMV a partir del 7 de octubre, luego enviar poco a poco las notificaciones (que siguen enviándolas porque la mía me llegó por DEHú hace nada) y supongo que luego las no recepcionadas por vía telemática se enviarán por correo postal, quiero decir con todo esto que igual cobramos dos meses con las nuevas cuantías antes de recepcionar por correos las cartitas de marras... ojoEs importante tener certificado digital o clave permanente para poder acceder a estas cosas, y claro, dichos certificados también caducan y hay que irlos renovando...
Yo no me daría de baja del IMV, pero si guardaría el dinero del IMV y lo aprovecharía para meterlo en algún depósito o cuenta remunerada, de forma que sea la Seguridad Social quien determine extinguírtelo en todo caso y cuando te lo reclamen dentro de 3 años se lo devuelves de golpe, pero mientras igual has generado un buen dinero en intereses a tu favor... no sería mal negocio, ojo.
7000€ a 3 años con un TAE del 2% son 420€ limpios
7000€ a 3 años con un TAE del 2% son 420€ limpios