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Participaciones del usuario ritekg5 - Economía

ritekg5 07/04/25 06:18
Ha respondido al tema Reclamación - Ingreso mínimo vital
Te bajas el impreso de reclamación previa https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/617650cd-f0ef-44e2-934e-9b630fdd7838/reclamacionprevia.pdf y, tras rellenarlo, lo puedes presentar usando tu certificado digital desde https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Prestaciones/INSS_2.37 adjuntando el resto de documentación necesaria.Otra forma es hacerlo es desde https://prestaciones.seg-social.es/servicio/presentar-una-reclamacion-previa-contra-la-resolucion-de-una-prestacion.html que creo recordar que ahora te va guiando y creo que te permitirá usar certificado digital si respondes en alguna de las preguntas que te hace que si tienes dicha forma de autenticarte.
ritekg5 07/04/25 01:49
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
No te compliques... comunica un cambio de dirección y adjúntales un certificado de empadronamiento colectivo. Así de sencillo.
ritekg5 06/04/25 13:28
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Es muy simple, te lo explico a lo caldo de asilo.La Seguridad Social obtiene nuestra información de ingresos y patrimonio por Hacienda, la cual cada año  "más o menos" los conoce cruzando la información que empresas y organismos registran en su día a día, aunque "lo que de verdad cuenta" es la declaración de la renta que hacemos cada año a partir de abril, pues hay personas que por error o estupidez registran en la misma como ingresos cosas exentas de declararse  (ejemplo, poner el IMV como ingresos en IRPF 2020 como vimos e incluso en IRPF 2021, o declarar una RAI concedida por violencia de género como ingresos -cosa que no hay que hacer, pero que todavía hay gente que lo hace-) y claro, Hacienda no pone problemas si declares de más, aunque si declaras cosas de menos, pues debes tener alguna justificación clara al respecto.Por tanto, a través de nuestro IRPF y lo que cada cual haya declarado es como la Seguridad Social obtiene nuestra información de ingresos; la información de Patrimonio, como no es el caso de tener obligación de hacerla (a no ser que tengamos más de dos millones en patrimonio, que entonces no sé qué narices haces cobrando el IMV) pues Hacienda la obtiene a través del cómputo del valor de referencia de aquellos inmuebles que tengamos, valoración de saldos bancarios a 31 de diciembre o saldo medio del cuarto trimestre (el mayor de ambos), valoración a 31 de diciembre de productos bancarios tales como depósitos, fondos de inversión, acciones bursátiles, etc.Volviendo a tu caso concreto, si hubieras realizado la operación de venta de tu casa en diciembre y comprado en enero, los 71.000.- obtenidos de la venta del inmueble se te hubieran imputado como patrimonio de cara al IMV, con los consiguientes problemas derivados al respecto. Por eso es preferible hacer la venta y compra de vivienda a primeros de año, para evitar que esos dineros obtenidos puedan perjudicarnos, ¿comprendes?
ritekg5 06/04/25 08:46
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Pues ahora mismo, lo único que tienes pendiente es comunicarles a la Seguridad Social un cambio de domicilio, adjuntándoles un certificado de empadronamiento colectivo de tu nueva dirección y asegurándote que en dicho certificado solo aparezcan las personas que deban aparecer y nadie más.Y problemas no debes tener siempre que hayas seguido los consejos que se han ido dando en este hilo, que básicamente es realizar el proceso completo a primeros de año (venta de vivienda antigua, compra de la nueva, empadronamiento en la nueva y liquidación de impuestos) para así evitar, por ejemplo, que se te imputase el saldo bancario de la venta del inmueble como patrimonio en tus cuentas durante el 4T del año anterior por parte de Hacienda y afectase a tu IMV.
ritekg5 05/04/25 14:29
Ha respondido al tema IMV y tributar lo que sobrepase de 12600 Euros? - Ingreso mínimo vital
Ya con 18 de pequeño tiene poco jajajaPues como mejor lo veáis, yo siendo adulto ya casi le recomendaría que hiciese su renta individual y así iba tomando práctica.
ritekg5 05/04/25 09:36
Ha respondido al tema IMV y tributar lo que sobrepase de 12600 Euros? - Ingreso mínimo vital
Lo de declarar como ingresos el exceso de 12600€ (1'5 veces el IPREM) percibidos de rentas exentas no tiene nada que ver con lo que preguntas.  Tendrás que declarar como ingresos por rendimientos del trabajo los 464 del subsidio y la ayuda de alquiler percibida en la casilla que corresponda (que, me imagino, al transportar la información fiscal al borrador del IRPF mediante renta-web, pues te la pondrá en su casilla correspondiente todo automáticamente, como siempre ha ocurrido)
ritekg5 05/04/25 08:19
Ha respondido al tema Certificado de rentas 2024 Disponible - Ingreso mínimo vital
 entonces la hago yo con la peque y mi pareja a parte verdad Si puedes sí... tú y el menor en un IRPF conjunta y tu pareja en un IRPF individual, o bien cada uno un IRPF individual (lo que mejor os salga).
ritekg5 05/04/25 02:26
Ha respondido al tema Supongo que me pagarán del 1 al 4 de mayo? - Ingreso mínimo vital
La Caixa abona el IMV a partir del día 24 de cada mes, creo recordar.
ritekg5 05/04/25 01:48
Ha respondido al tema Supongo que me pagarán del 1 al 4 de mayo? - Ingreso mínimo vital
Tu primer pago será a finales de abril; el día concreto depende de tu banco, pues la mayoría adelanta el dinero para que lo tengamos en nuestra cuenta el 22-23-24-25-etc.
ritekg5 05/04/25 01:05
Ha respondido al tema Certificado de rentas 2024 Disponible - Ingreso mínimo vital
Si estáis casados y alguno de vosotros hace IRPF individual, obliga a los demás miembros de la familia a hacerla individual... o la haces conjunta (una única declaración donde figuréis los tres, con el problema de que lo que pase de 1'5 veces el IPREM que son 12600 euros os toca declararlo como ingresos), o la hacéis individual (tres declaraciones independientes, donde no hay ingresos si solo percibís el IMV)