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Participaciones del usuario ritekg5 - Economía

ritekg5 23/09/24 19:50
Ha respondido al tema Tiempo entre cartas cobros indebidos - Ingreso mínimo vital
Hemos hablado mucho de eso en el foro, en muchos post y en muchos hilos... básicamente si te baja el IMV en el pago de noviembre es porque, tras revisar tus ingresos del año pasado (a través de las declaraciones de la renta de todas las personas que forman tu unidad de convivencia para el IMV), determinan que no te corresponde el importe de IMV que te han ido pagando cada mes de ese año, por lo que les debes la diferencia del IMV que te hayan ido abonando mes a mes frente al nuevo importe de IMV que te hayan asignado. A eso se le llaman COBROS INDEBIDOS y suelen reclamarlos al cabo de año y medio o dos años.
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ritekg5 23/09/24 19:46
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Dos adultos y dos menores son un máximo de  13.776,12 €/anuales para este 2024 así que te darían de IMV la diferencia entre ese importe y los ingresos que tuviste en 2023 y aparte el complemento a la infancia como hasta ahora, y si te corresponde IMV, pues también te darán ATRASOS de este 2024, claro.Tienes las cuantías acá https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cuantias#Cuantias en la sección CUANTÍAS de dicho enlace.
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ritekg5 23/09/24 12:55
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
El cobro de finales de noviembre ya será con las cuantías del IMV revisadas con los ingresos declarados en el IRPF 2023... si solo cobras el complemento a la infancia como has indicado en otras ocasiones y determinan que deben aplicarte también el IMV, se supone que lo harán automáticamente.
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ritekg5 23/09/24 11:13
Ha respondido al tema Una pregunta para saber qué hacer vital - Ingreso mínimo vital
Piensa... ¿quién sabe si alguien está o no de alta?... ¿la Seguridad Social, verdad?... pues eso... si hasta recibimos un SMS cuando nos dan de baja en una empresa por parte de la Seguridad Social... yo ya te dije lo que había... que quieres comunicarlo, pues vale, pero ya te digo que no es necesario, pero vamos que tú misma, no voy a quitarte yo la ilusión de comunicar cosas a la Seguridad Social (risas)Eso sí, una vez termine su contrato tiene que volver a apuntarse al paro (que tampoco hace falta comunicarlo a la Seguridad Social).
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ritekg5 23/09/24 07:25
Ha respondido al tema Si no se ha cobrado 1 año el imv no pueden hacerte al año siguiente el incentivo? - Ingreso mínimo vital
Pues ni idea, pero si en 2022 no tuviste ingresos y los 1730 esos son la pensión de alimentos que recibes de tu hijo (que tampoco cuadra porque 150€ x 12 meses no son 1730€ pero bueno) está claro que te lo han concedido con el criterio de mirarte IRPF 2022, lo cual es más beneficioso para ti.Habría que ver que te marcan las casilla 0018 de tu IRPF 2022 y de tu IRPF 2023 para más seguridad.
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ritekg5 22/09/24 20:01
Ha respondido al tema Cambio de cuenta bancaria - Ingreso mínimo vital
La Seguridad Social es así, hacer el cambio con ellos suele tardar uno o dos meses, pero ¿por qué no lo hiciste directamente desde tu nuevo banco?  (la mayoría te permite hacerlo sin mayores problemas) https://www.bancosantander.es/particulares/cuentas-tarjetas/cuentas-corrientes/cambiar-banco/traslado-cuentas https://www.bancosantander.es/particulares/cuentas-tarjetas/cuentas-corrientes/cambiar-banco/traslado-cuentas
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ritekg5 22/09/24 19:46
Ha respondido al tema Devolucion cantidad indebida del IMV - Ingreso mínimo vital
Si el pago de noviembre del IMV es inferior al que venías cobrando, habitualmente es porque se ha producido la revisión de la cuantía del IMV que te corresponde con los ingresos de la última declaración de la renta, te hayas podido beneficiar o no del "sistema de incentivos al empleo del IMV", que básicamente es un sistema de cálculos de las cantidades indebidamente cobradas que puede beneficiarnos siempre que se cumplan ciertas circunstancias y se nos pueda aplicar.Así pues, si te baja el IMV en noviembre 2024 es porque han determinado que con tus ingresos del 2023 te correspondía otro importe de IMV inferior, que es el que deberías haber cobrado los meses de 2024 en lugar del que realmente te hayan ingresado mes a mes... la diferencia entre ambos importes (el nuevo percibido en noviembre y el que cobraste el mes anterior por ejemplo), multiplicado por los meses de 2024 que hayas percibido la vieja cantidad (habitualmente 10 meses si llevas cobrando el IMV desde 2023 o antes y no han existido variaciones comunicadas a la Seguridad Social por nacimiento, fallecimiento de personas de nuestra unidad de convivencia, miembros nuevos incorporados u otros que vuelan del nido, etc), es lo que se consideran COBROS INDEBIDOS y que se nos reclamarán más adelante por parte de la Seguridad Social, ya que tienen hasta 4 años para hacerlo. El nuevo importe de IMV lo cobrarás lo que reste de año y en enero, te subirá el IPC que pacten (para este cambio de 2024 a 2025 se estima que en enero de 2025 nos suba un +5% más o menos) y seguirás cobrándolo hasta la nueva revisión en noviembre del 2025 con los ingresos del año pasado (IRPF 2024, la declaración de la renta que haremos a partir de abril de 2025)... evidentemente si comunicas variaciones por nacimiento, fallecimiento o personas de tu unidad de convivencia que se marchan del mismo, pues te ajustarán el IMV a lo que te corresponda, pero vamos eso es otra historia aparte.Si ahora en noviembre 2024 nos baja y en noviembre 2025 nos sube (porque en 2023 trabajamos y se nos descontó ese dinero en la revisión del IMV de finales de 2024 y en 2024 no trabajamos en nada y, por tanto, en la revisión de finales de 2025 nos sube como he dicho) pues te abonarán ATRASOS en ese final de 2025, habitualmente en el pago de noviembre (o bien más adelante, incluso puede ser en abril o mayo del siguiente año 2026), que será la diferencia de la nueva cuantía por todos los meses de 2025 que no te abonaron lo que han determinado en esa revisión que te pertenece.Sería cojonudo que, como planteas en ese escenario tuyo, que los ATRASOS que recibas sirvan automáticamente para cubrir los COBROS INDEBIDOS, pero por desgracia no funciona así la cosa e incluso puede crear confusión a la gente, aunque sí que hubo periodos en años anteriores (cuando la norma era pagar los ATRASOS al año siguiente) que compensaban una cosa con otra y puede seguir ocurriendo (ver imágenes adjuntas inferiores de ejemplo) pero solo en el caso de que lo tengan que abonarte de ATRASOS de un año sea superior al importe de COBROS INDEBIDOS y, evidentemente, no te los hayan abonado en el momento que se produzcan como ahora parece que es la norma. No obstante, yo creo que es mejor como está ahora mismo montado... que te abonen los ATRASOS inmediatamente en el ingreso de noviembre junto a tu mensualidad (así ocurrió al menos el año pasado en una gran mayoría de casos) y que los COBROS INDEBIDOS te los reclamen al cabo de un tiempo que suele ser al menos año y medio después que se produzcan, que así al menos igual nos da tiempo a recuperarnos un poco ¿no crees? (es decir, al menos ahora el abono de ATRASOS lo llevan más rápido que antes, que te los abonaban a mitad del año siguiente)
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ritekg5 22/09/24 17:25
Ha respondido al tema Si no se ha cobrado 1 año el imv no pueden hacerte al año siguiente el incentivo? - Ingreso mínimo vital
Tu única posibilidad beneficiosa sería que te lo hubieran concedido revisándote ingresos con el IRPF 2022 y que ahora a final de este año te hicieran la revisión con IRPF 2023 (como nos van a hacer a la mayoría que cobramos el IMV de tiempo atrás) que entonces sí que te podrían aplicar en sus cábalas el sistema de cálculos del incentivo al empleo del IMV con vistas a no descontarte todos tus ingresos del 2023 sino solo una parte (que básicamente eso es lo que permite), pero es raro porque la MAYORÍA de IMV concedidos a partir de agosto suelen estar revisados ya con la última declaración de la renta presentada (la del año pasado), como ya te dije antes, y por eso esas personas no sufren la revisión del IMV basándose en los ingresos del año anterior como los demás, porque ya están actualizados.En tu caso habría que ver con que IRPF te han aceptado el IMV... si fue con el IRPF 2022 veremos a ver que ocurre ahora en mes y medio con la revisión de ingresos de vuestro IRPF 2023.
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ritekg5 22/09/24 04:04
Ha respondido al tema Imv declaración de la renta - Ingreso mínimo vital
No entiendo tu respuesta... vuélvete a leer mi post anterior www.rankia.com/foros/economia/temas/6313491-imv-declaracion-renta-ingreso-minimo-vital?page=9#respuesta_6531194 y revisa tu IRPF 2022 si tienes casillas 0022 y mañana me cuentas que yo he llegado de farra y el Zacapa ya me hace estragos 🤪 y voy a sobar 😴
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