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Participaciones del usuario ritekg5 - Economía

ritekg5 16/09/24 08:55
Ha respondido al tema Un duda importante - Ingreso mínimo vital
Cuando el menor pasa a ser adulto y cumple 18 años, deberás acreditar ante la Seguridad Social uno de estos escenarios: o que sigue estudiando (remitiéndoles copia de la matrícula de estudios, por ejemplo, ya que ellos no pueden ver si está o no estudiando) o que está desempleado (apuntándolo al paro y remitiendo copia de su demanda de empleo aunque esto último ahora ya no hace falta hacerlo porque parece que lo miran automáticamente).Te recomiendo mires estos dos hilos que te pongo donde hablamos de estas cosas: https://www.rankia.com/foros/economia/temas/6496509-imv-hijo-cumplido-18-anos-dudas-ingreso-minimo-vitalhttps://www.rankia.com/foros/economia/temas/6325710-menor-cumplir-18-anos-para-imv-ingreso-minimo-vital
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ritekg5 16/09/24 08:34
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Aun así, aunque a 31 de diciembre esa cuenta ya no exista, el dinero en la misma considerado como saldo medio del 4T es lo que Hacienda te imputaría como patrimonio, por lo que si el objetivo es utilizar la mayor parte del dinero para adquirir la que será tu única vivienda y empadronarte en la misma, si no quieres tener problemas cuando solicites el IMV y te revisen con el patrimonio del IRPF 2024 lo mejor es que el dinero se mantenga ahí lo mínimo posible y que la compra de vivienda y empadronamiento se realice antes de acabar el año.Y otro detalle cuando vayas a solicitar el IMV es tener claro cuando te interesa hacerlo... si en 2023 tuviste ingresos del trabajo o patrimonio que puedan superar tu umbral de concesión del IMV frente a este 2024 si tienes claro que no has tenido ingresos, igual te interesa pedir el IMV tras hacer el IRPF 2024 el año que viene a finales de mayo de 2025 para que tengan en cuenta dicho IRPF 2024 para concederte el IMV, porque si por ejemplo lo pides en enero 2025 lo más probable es que te revisen ingresos con el IRPF 2023 para concederte o no el IMV ¿comprendes? ... es decir, si piensas que te pueden denegar el IMV si miran IRPF 2023 frente a IRPF 2024 (la declaración de la renta que harás el año que viene) es mejor que en 2025 realices el IRPF 2024 nada más comience la campaña de la renta y a finales de mayo 2025 o junio 2025 pidas el IMV para tener la seguridad de que te mirarían con IRPF 2024 en lugar de IRPF 2023.
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ritekg5 16/09/24 00:31
Ha respondido al tema Actualizacion ingreso minimo vital.
Yo no veo la confusión... tu certificado te pone 569,47 y, a todos los efectos, ese es el importe que te abonan cada mes teniendo en cuenta que de ahí también te descuentan cada mes un dinero para recuperar cobros indebidos, así que a tu cuenta bancaria llegan solo los 170€ que citas, pero a todos los efectos es como si estuvieran pagándote 569,47 €/mes... cuando acaben de cobrarse dicha deuda te pagarán lo que marque el certificado integral de prestaciones.Si en 2023 no tuviste otros ingresos declarados en el IRPF 2023, pues en la actualización de este año 2024 a hora a finales de octubre deberá subirte al máximo de tu unidad de convivencia, que será lo que verás en tu certificado integral de prestaciones como te dije antes (en el caso de que seas tu sola sin nadie más).De hecho, se da la paradoja de que si hubieras tenido ingresos en 2023 y determinan que tu IMV para 2024 debería ser solo 200 euros, te pedirían les reintegrases los 369,47 cobrados de más cada mes (569,47 - 200 = 369,47) por ser cobros indebidos percibidos en 2024 aunque en realidad a tu cuenta solo hayan llegado 170€ algunos meses porque ya se estaban recuperando otros cobros indebidos de otro periodo ¿comprendes?Para que veas el nivel de perversión de una ayuda supuestamente orientada a familias sin ingresos y en desamparo.
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ritekg5 15/09/24 22:42
Ha respondido al tema Actualizacion ingreso minimo vital.
Si en 2023 no tuviste ingresos te lo subirán al máximo para tu unidad de convivencia ahora a finales de octubre (que lo verás en tu certificado integral por esas fechas y en el pago de finales de noviembre), que si eres tu sola serán 604,21 €/mes... si es así, los ATRASOS será la diferencia entre lo que cobres YA ACTUALIZADO menos lo que supuestamente te han ido abonando cada mes (604,21 - 569,47 = 34,74 € x 10 meses = 347,4 € de atrasos) aunque ya sabes que hasta que no liquides la deuda que se están recuperando de cobros indebidos no cobrarás el IMV íntegro que marque a finales de octubre tu nuevo certificado integral de prestaciones.
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ritekg5 15/09/24 22:37
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Si vas a percibir el dinero este año, entonces tendrás que darte prisa porque recuerda que es el saldo medio del 4T o a 31 de diciembre lo que te puede perjudicar de cara al IMV... o comprarte la vivienda y no convertirla en vivienda habitual empadronándote en ella antes de acabar el año, con el handicap de que interpreto ahora vives en Bilbao y la vivienda la comprarás en Castilla-León y claro, te debes mudar de región y empadronarte allí, todo eso antes de que acabe el año, para pedir el IMV lo antes posible y luego esperar más de un año a que te lo concedan... tela...  (ya puedes correr y darte prisa en todo) (ya puedes correr y darte prisa en todo)  
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ritekg5 15/09/24 22:08
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
En teoría, si no cambia tu unidad familiar (el número de miembros) no es necesario estar empadronada esos 6 meses previos una vez estés en Castilla-Leon... se precavido y adjunta a tu solicitud un certificado de empadronamiento histórico y colectivo tanto de tu nueva dirección en Castilla-León como de tu antigua dirección de Bilbao, para dejar claro ante quien corresponda que la unidad familiar no ha variado y solo se ha trasladado a otra dirección ¿comprendes?
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ritekg5 15/09/24 22:04
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Hacienda sabrá de esas cosas cuando se formalice el ITP de dicha herencia, imputándolo al ejercicio fiscal del año en que se produzca.Tener 57k en el banco y usar 40k para adquirir una vivienda (la única que tengas, donde te empadronarás) y el resto dejarlo en tu cuenta o sacarlo no es problema para el IMV siempre que tengas en cuenta no superar patrimonio ese año... quiero decir, si recibes en enero ese dinero, te compras la vivienda al mes siguiente y te empadronas ahí ya en marzo, aunque tengas esos 17k euros en tu cuenta no es problema para pedir el IMV porque cumplirías los umbrales de patrimonio ese año... el problema vendría si ocurre todo eso a finales de año o sobre todo o que coincida que recibes el dinero a finales de año y compres la vivienda en enero, o que la compras en diciembre y no te empadronas hasta enero ¿comprendes?.
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ritekg5 15/09/24 19:25
Ha respondido al tema Actualizacion ingreso minimo vital.
No tiene por qué, pero podría ser una posibilidad... de todas formas te diría que los IMV cuyo primer pago haya sido en agosto o septiembre ya pueden venirte con las cuantías actualizadas porque se haya tenido en cuenta las cifras de la última declaración de la renta (en este caso IRPF 2023) y, por tanto, no van a sufrir revisión de cuantías porque ya la han sufrido.
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ritekg5 15/09/24 19:12
Ha respondido al tema Actualizacion ingreso minimo vital.
Perdona, pero el 24-25-26 etc. de octubre cobras el mes de octubre, que en realidad deberías cobrar a primeros de noviembre porque la Seguridad Social abona el IMV a mes vencido pero que la mayoría de bancos nos adelantan dicho abono unos días y por eso nos aparece en cuenta a partir del 24-25-26 etc.Por eso estoy comentando a quien me pregunta que, la Seguridad Social, una vez emitidas las nóminas de octubre el jueves 10 de octubre o el viernes 11 de octubre, pondrá en marcha la maquinaria de revisión del IMV acorde a los ingresos del IRPF anterior, con lo que podríamos empezar a ver certificados integrales de prestaciones con nuestras cuantías ya revisadas A PARTIR del 20 de octubre de forma que sean ya finales para poder emitir poco después ya las nóminas de noviembre ACTUALIZADAS a quien le corresponda, que veremos ingresadas en nuestras cuentas la mayoría a partir del 24-25-26 etc. de noviembre.
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ritekg5 15/09/24 19:07
Ha respondido al tema IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
Puedes solicitar IMV siempre que cumplas los requisitos (en este caso de tu pregunta, los económicos referentes a patrimonio acordes a tu unidad familiar)... si sacas ese dinero de tu cuenta y lo mantienes guardado fuera del control de Hacienda, pues evitarás que les aparezca a ellos y se te impute como patrimonio.Lo que tendrás que tener cuidado es que no te pille el cambio de año durante el proceso, no sea que te imputen de patrimonio una vivienda en propiedad en la que no vives todavía, y por eso mi insistencia en post anteriores de este hilo en hacer estas cosas a primeros de año desde cero.
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