Si te has leído este hilo desde el principio, verás que es muy mala idea que te hagan esas donaciones e ingresos en tu cuenta en este momento del año, ya que te computarían como patrimonio, pudiendo llegar a extinguirse tu IMV. Te recomiendo que todo eso lo hagas a partir de primeros de año y que sigas las recomendaciones que se han dado a lo largo de todo el hilo.
Si en la próxima revisión de ingresos (octubre 2025) cumples los requisitos de no haber tenido ingresos en este 2024 que superen tu umbral de renta garantizada, te volverán a dar el IMV.
Tiene más pinta de lo primero, a no ser que hayas solicitado algún cambio (variaciones del IMV) y te lo estén gestionando, con lo que en unos días te volverá a aparecer.
Los bancos suelen mirar ingresos por trabajo así como tu historial financiero, quiero decir que es más fácil que te lo conceda tu banco donde eres cliente 20 años a un banco nuevo; la excepción son aquellas oficinas nuevas, recién inauguradas, que estén captando clientes, aunque la realidad es que la banca está integrando la normativa Basilea IV y huyen de clientes con pocos recursos, por lo que te enfrentas a una tarea compleja... suerte.
Exacto... hasta que Hacienda no la valide, solo es una rectificación del IRPF presentada en Hacienda a la que la Seguridad Social no tiene acceso ni puede contrastar, y que no les aparecerá "conforme" a la Seguridad Social (ni a nadie) hasta que Hacienda no haya tramitado, aprobado y consolidado en tu expediente fiscal, lo cual suele llevar sobre un año de media.Entra a la web de la Agencia Tributaria y revisa en tu área personal, en "mis expedientes" el estado de la misma a ver que te sale, desplegando la opción Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales --> impuesto sobre la renta de las personas físicas --> Declaración y documento de ingreso o devolución (Mod. 100) -->
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/mi-area-personal.html
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/mi-area-personal.html