Hola! He leído lo que otro usuario te indicaba en otro post y concuerdo con lo que decía. El artículo 37 LIRPF te indica cuál es el valor mínimo a declarar en la venta de valores no negociables. Lo más probable es que, si declaras la venta de 28.126 participaciones por un valor muy inferior incluso al nominal, la Inspección te inicie procedimiento.
Te dejo una consulta de la Dirección General de Tributos no vinculante, pero que explica el tema expuesto sobre airdrop de criptomonedas, entiendo que este caso es similar pero con acciones. Viene a decir que, al recibir ese activo, se produce una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales y, por tanto, debe incluirse en base imponible general.
Buenas noches. En la carta que hayas recibido tiene que haber un título en el que ponga 'Motivos' o 'Hechos'. Ahí te explica el motivo de la regularización. Para poder ayudarte, sería necesario que des más información de lo que te dicen.
Yo creo que el único que sigue con la duda, después de las explicaciones que te han dado, eres tú. Y coincido con el compañero rankiano del otro post, si tienes capacidad económica para ingresar 82.000€(!!!) en una casa de apuestas y tienes una necesidad imperiosa de saber si tienes que presentar o no la declaración por tener pérdidas del juego, acude a un asesor y paga los 50€que te va a cobrar. Dices que ese dinero no era tuyo (?), lo cuál no tiene mucho sentido, pero bueno. No obstante, te intento resolver la duda, para que te quedes tranquilo.Lo primero, qué se considera ganancia: apuestas 100 € y recibes 200 € . ¿Cuánto es la ganancia? Evidentemente, 100€. Haces otra apuesta, 50 € , y pierdes. ¿Cuánto es la ganancia (global)? 50€. Con los 150 € de saldo restantes, haces otra apuesta de 150 €, y pierdes. ¿Cuánto es la ganancia? Pues no hay ganancia, has perdido 100 €. En tu caso, tu saldo inicial era 0,00 € y has ingresado 82.000 €. Has retirado 69.000 € y el saldo de la cuenta a final del año es 0,00 €. Suponiendo que no tienes otras cuentas en plataformas distintas en las que hayas jugado y tenido ganancias, en el año has perdido 13.000 euros (sin tener en cuenta el bono) ¿Estás obligado a presentar declaración por la pérdida? No, ya que las pérdidas derivadas del juego no computan en lo que excedan de las ganancias derivadas del mismo.
Sinceramente, no tengo claro qué criterio seguirá la Admón. respecto a este tema. Imagino que habrá algo en el horno para fijar criterio. Lo que sí tengo claro es que a partir de septiembre mucha gente va a llevarse un susto cada vez que el cartero toque a su timbre 😂
Simplemente porque Amazon tiene hasta el 8 de abril para presentar el modelo 238, como los datos fiscales están disponibles el 19/03, dudo mucho que sea un dato que aparezca
Tengo mis dudas de que esta info que pasa Amazon salga en los datos fiscales.. Yo creo que será información que esté en poder de Hacienda (como con el juego online), pero no aparecerá