Hola de nuevo! Una cosa es prescribir y otra caducar. Si el procedimiento ha caducado pero el tributo no ha prescrito (IRPF 2019, por ejemplo), todo se retrotrae, es decir, se anula la liquidación por caducidad, la Administración debe notificar la caducidad a tu hermana y podrá iniciar un nuevo procedimiento, que tendrá en cuenta todos los documentos y manifestaciones aportados en el procedimiento caducado, volver a realizarle una propuesta de liquidación provisional y, posteriormente si procede, una nueva liquidación provisional, que podrá ser objeto de recurso de reposición y, en caso de desestimarlo, de una nueva reclamación económico-administrativa. Tu caso es distinto. A ti te notificaron en plazo la liquidación provisional, por lo que el procedimiento terminó correctamente. Como a ti se te pasó el plazo para presentar recurso/REA, la liquidación deviene firme, y solo podrá ser objeto de recurso especial bajo unas premisas muuuy limitadas y tasadas, que dudo mucho que cumplas. Te adjunto un enlace donde puedes ver los tipos de recursos especiales de revisión y los requisitos para su interposición.Hablo desde el desconocimiento de tu caso concreto, pero si el TEAR le ha desestimado la reclamación a tu hermana, no por extemporaneidad sino por el contenido en sí, es porque la liquidación se ha ajustado a derecho con las pruebas y documentos aportados. El TEAR es muy proclive a dar razón al contribuyente cuando las liquidaciones no están adecuadamente motivadas o la motivación es insuficiente respecto al resultado obtenido. No obstante, si ha acudido a una instancia superior imagino que tendrá pruebas de que la liquidación no es correcta.El tema de si es justo o injusto, pues bueno, hay unas 'reglas' que son iguales para todos, hay que conocerlas y no olvidarse de que existen unos plazos para todo y para todos, incluida la propia Admón. La mayoría de los procedimientos que gana el contribuyente a la Administración, son por errores en el propio procedimiento (caducidad, notificaciones, etc.). Muy muy pocos es por llevar la razón en lo que a la regularización se refiere.