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Participaciones del usuario Salgay

Salgay 18/09/24 18:11
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Duda...1.- Los fondos a nombre de su mujer, mientras no los a vendido no le afecta a él el rendimiento presunto...2.- Cuando vende el fondo su mujer, la Plusvalía obtenida le afecta a ella ó a los dos ? 50%+50% /12 ?  Para el SEPE sólo son gananciales los beneficios producto de la explotación de un bien.3.- Los rendimientos futuros que se obtengan con el dinero obtenido de la venta de los fondos le afectan a él en un 50% ¿?.. Intereses de depósitos, ctas.ctes, bonos, étc,étc...4.- Y si ella, con el dinero obtenido Capital+Plusvalias, lo reinvierte en comprar otros fondos a él no afecta en nada ¿?..Muchas Gracias...
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Salgay 11/07/24 18:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Yo creo....¿?Las G/P, siempre son consideradas "Pago Único" y por tanto siempre se dividen entre 12, independiente del tiempo que se haya tenido ese patrimonio.  c) Las obtenidas en un pago único se imputarán a la fecha de su percepciónefectiva, prorrateado su importe entre 12 meses, de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 7 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril. Puedo comprar unas acciones hoy y venderlas a los 15 días y la ganancia se dividiría entre 12 ¿?...@franjgr , salvo mejor opinión creo que es así ¿?... si alguien lo puede aclarar ??..Muchas Gracias1Saludo
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Salgay 11/07/24 18:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sin entrar en polémica... creo que la cosa va así... si no estoy equivocado...¿?Lo mejor un ejemplo:Letras Tesoro: Compras 50 letras a 880 € = 44.000Amortizas por 1000 x 50 = 50.000Beneficio = 6.000El mes que te amortizan divides entre 12 el beneficio. ..6.000/12= 500 Y esos 500 € se impután única y exclusivamente al mes que te han amortizado !!no hay que retrotraer nada a los meses anteriores, y dá lo mismo que sean Letras a 3, 6, 9 ó 12 meses !!El Sepe lo considera una ganancia patrimonial (el apartado 3.7.2 (página 17), cuando en realidad son RCM, igual que  los valores de deuda subordinada o de participaciones preferentes que son RCM y no G/P. Es más beneficioso que se considere G/P que RCM Mi modesta opinión !!1Saludo 
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Salgay 07/05/24 18:37
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Totalmente de acuerdo, efectivamente más claro imposible !!Además de Letras de Tesoro, también habla de "u otros activos financieros" de deuda subordinada o P.P... !!! que todos son RCM y no PyG !!Muchas gracias por este aporte !!  
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Salgay 06/05/24 17:00
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Hola franjgr... Disculpa mi intromisión...Pero las Letras de Tesoro son RCM no PyGSi hay que dividir entre 12 Letras a 3 meses, también habría que hacerlo con un depósito que se haga a 3 meses cuyos intereses se cobran al final de los 3 meses.. No ¿?..Puedo estar encadenando renovaciones constantes al vencer las Letras de 3, 6, 9, ó 12 meses ... ¿?...Saludos Cordiales !!
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Salgay 21/04/24 13:45
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola Monillo, Mi gestor fiscal mantiene que una cuenta abierta en el extranjero  el 03-01-24 y cerrada/cancelada el 15-12-2024, con un saldo de 100K tiene que presentar 720.Yo te he leído en varios post tuyos que NO. Puedes indicarme algún enlance oficial de la Aeat donde diga que NO se debe presentar.. ¿?...Muchas Gracias !!!Se agradece mucho lo que aportas a éste foro y a otros !!!Saludos Cordiales !!
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Salgay 27/02/24 19:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
  ¿como se puede hacer este cálculo con una renta que se imputa al día de su percepción y no al mes entero? También lo desconozco. La única opción sería que la GyP fuese todo el día 1 del mes ¿?..El criterio debería ser meses de calendario para todo, meses naturales = 12.El ir de fecha a fecha complica todo. El año puede salir con 13,14,15, étc,étc... meses. No, quiere decir que del 01/03/24 al 14/03/24 tiene 0 ingresos por este concepto, del 15/03/24 al 14/04/24 tiene 1000 euros de ingresos y del 15/04/24 al 30/04/24 vuelve a tener 0 ingresos por este concepto. Significa suspensión ? al ser un mes NO natural pero que de fecha a fecha sí supera límites ?Si en lugar de 1.000 fuese 700 y el 03/03 ingresa 200, sumarían a los 700, ó el mes 03 sería del 01 al 14/03 = 200 y 15/03 a 14/04 ? = 700 ?  si tiene un depósito a 3 meses con el pago de intereses el 12/03/2024 (por ejemplo), esos intereses corresponden al periodo del 13/12/2023 al 12/03/2024 y las rentas periódicas se imputan al día 1 de mes siguiente Los 18 días del mes 12 deberían poder imputarse al mes 12 que es donde se han generado y no al mes 01 !, pero las normas y reglamento son lo que son...Gracias por todo loque aportas al foro !!! 
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