Up! Agradeciendo la respuesta de Gaspar, hago un último intento a ver si por casualidad alguien conoce alguna fórmula que me pueda servir para no tener que reembolsar dichas cuentas de fondos.Saludos y feliz año nuevo a todos.
Que yo sepa son 100K por titular y entidad, es decir, da igual que tengas el dinero en una cuenta o en 5 cuentas. Pero insisto, estas cosas deberíais consultarlas mejor en la entidad donde tenéis el dinero.En el caso que planteas yo entiendo que el fogain te cubre con un máximo de 100K a ti y con otros 100K de máximo a tu pareja.Saludos.
Yo no me preocuparía en sobrepasar el límite de 100K por poco y a corto plazo. Aunque depende también de qué % de riesgo (RF vs RV) tengas en tu cartera. Quiero decir, que a lo mejor ahora llegas a 105K o 110K pero luego vienen bajadas y te pones otra vez en 100K o en 95K. No tiene sentido que busques ahora complicaciones por ese motivo.Otra cosa es que dentro de unos años tu cartera siga creciendo y sigas aportando todos los meses, y te pongas ya en 120K o 130K de forma digamos "consistente" y ya más continua. Entonces ahí quizá ya sí tenga más sentido plantearse si prefieres la comodidad de estar en menos sitios o la supuesta seguridad de estar más cubierto con dos límites de 100K en distintas entidades.De todas formsa recuerda que tienes una cobertura de 100K por titular y por entidad. Es decir, que si tienes fondos en Renta4 estás cubierto hasta 100K allí, y si tienes en MyInvestor estás cubierto allí con otros 100K.Saludos.
Efectivamente, lo que digo es que se queda mi madre sola como titular en la cuenta, y una vez cerrada la testamentaría, entonces solicitar que se me añada a mi (único heredero) como titular en lugar de mi padre fallecido.Muchas gracias por las aclaraciones.
Gracias Bacalo, desde luego el documento de adjudicación de bienes que nos han dado a nosotros es bastante más simple y menos claro que ese que has adjuntado tú. Un saludo.
Ah y otra pregunta, ¿sabéis si el banco donde está el dinero de mis padres puede "obligarme" a abrir una cuenta para el dinero de la herencia, o puedo pedir que al hacer la adjudicación me lo transfieran a la cuenta que yo les diga? Porque el dinero a repartir está en un banco del que yo no he sido ni quiero ser cliente, en cuanto se haga la adjudicación mi intención es llevarme mi parte a mi propia entidad.Saludos.