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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a chustazo
    -
    #5040
    15/04/16 13:59

    Si, donde vas a tener que decir y declarar todo es en el juzgado, una vez que le pasen el informe de la mejor puja.
    Saludos.

  2. en respuesta a mfmelo
    -
    #5039
    15/04/16 09:12

    Muchas gracias, Mfmelo. Entonces, dado que "basta que uno esté autorizado", yo puedo consignar un depósito al 50% con mi hermana (poniendo los datos y porcentajes de ambos) desde una cuenta en la que el único titular soy yo, sin necesidad de autorizarla a ella, ¿verdad?

  3. en respuesta a mfmelo
    -
    #5037
    15/04/16 08:13

    Jopé, pues sí se han superado, sí...

  4. en respuesta a chustazo
    -
    #5036
    15/04/16 07:30

    Si, basta con que uno esté autorizado en la cuenta corriente, ya que aunque parezca increible la retenedora AEAT sabe si eres autorizado o no en la cc. Cuando vayas a hacer la retención o consigna te lo van a preguntar, asi que está atento a todos los formularios o cartelas que te salgan. Una vez que te adjudiques lo que sea, la información que envían al juzgado es muy escueta y tú has de aportar todo, explicando porcentajes en que participáis, etc.
    Mi recomendación es que hagas la prueba con algo que te cueste poco o por lo que no tengas mucho interes que aún así no te garantizo que te lo quedes.
    Saludos.

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5035
    15/04/16 00:28

    Entonces, al margen de las firmas, ¿la cuenta bancaria puede estar a nombre sólo de uno pese a que el depósito se constituya a nombre del titular y otra persona?

  6. #5034
    14/04/16 22:08

    Nos vamos superando en PORTAL BOE.ES
    SUB-JA-2016-7379
    reclamación: 50.462,26 €
    valor subasta 90.316
    tasación 90.316
    puja mínima 63.221,20
    TRAMOS ENTRE PUJAS: 63,221,20 €, espabilad y el que haga la primero y única puja se queda con el bien subastado, ni la parte acreedora puede hacer nada.
    POCO A POCO, lo vamos bordando. El portal no te deja poner menos de la puja mínima.
    Saludos.

  7. #5033
    14/04/16 21:00

    Como tarde o trempano lo vais a averiguar, diré algo sobre el portal del BOE.ES
    En la casilla de apuestas por si no os habéis dado cuenta sólo caben 100 de estas y el problema viene y gordo, gordo, cuando ponen unos tramos en las pujas obligatorios por ejemplo: 1€.
    Si comenzamos a pujar y la primera puja es libre (no hay mínima) y ponemos por ejemplo 1.000 €, el máximo que puedes poner en la siguiente es de 1.001 hasta 1.100, si continuamos pujando de esta forma y el bien subastado tiene una valoración de por ejemplo 300.000 €, para llegar a esta cifra tendremos que hacer unas ¿300? pujas, pero es que de esta forma al llegar al final de la subasta, aunque queramos no podemos ofrecer, ni el 30%, ni el 50% y no digamos el 70% y si lo reclamable es muy alto si no andas espabilado tampoco puedes ponerlo, pero es que a la parte actora, si está pujando con los licitadores, tampoco les deja y se meten en un lío de padre y señor mío.
    Es más pensad si pongo y empiezo por 1€ la 1ª puja, la O.....
    Como dicen por mi tierra en Semana Santa, "poco a poco, mis valientes"
    Saludos y mañana más.

  8. en respuesta a Trueno
    -
    #5032
    14/04/16 20:45

    Lo mío no es ponerme a pleitear y pelear por cualquier cosa y excusa y siendo así tengo pendiente para cuando tenga algo más de tiempo 8 demandas por distintos motivos y todos relacionados con las subastas y fincas compradas en ellas, pero las planteo porque: unos se han comido o apropiado de toda la finca adjudicada, otros han corrido sus propiedades y se han instalado en parte de la finca o solar adjudicado, otros son inquilinos que me deben bastante dinero, siempre por más de 3.000 € y por último inquilinos que no me pagan ni agua, ni electricidad, ni cuotas y viven a cuerpo de reyes(antiguos, los modernos viven peor que ellos).
    La inversión se ha multiplicado por un buen número, pues el que la ha comprado que conoce bien todo, que pleitée si quiere, porque poder puede. Al lado se está construyendo un nuevo cortijo un futbolista muy famoso del Real Madrid y que es de mi provincia y es el que ha comprado todo lo que han expoliado, había también un famoso matador de toros que ha estado intentando comprar todo, pero eso ya lo dejo para el que nos lo ha comprado a nosostros y a otra cosa mariposa, que hay muchas flores esperando y la primavera se acaba.
    Saludos.

  9. en respuesta a chustazo
    -
    Top 100
    #5031
    14/04/16 20:12

    Es exactamente lo mismo. Puedes pujar en tu exclusivo nombre o en nombre tuyo + otro.

  10. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5030
    14/04/16 19:56

    Muchas gracias Tristán. La cosa no es para pujar en nombre de alguien, sino junto con alguien (al 50%, por ejemplo)...

  11. en respuesta a chustazo
    -
    Top 100
    #5029
    14/04/16 19:28

    El único que puede participar y que es necesario que tenga firma digital es el titular de la cuenta. Ahora bien, las pujas las puede hacer en nombre de cualquiera del que tenga un poder notarial.

  12. #5028
    14/04/16 17:48

    Hola, ¿sabéis si desde una cuenta bancaria que tiene un solo titular se puede constituir un depósito a nombre de dos licitadores si ambos tienen certificado electrónico y están dados de alta en el Boe? ¿Es necesario que la cuenta bancaria tenga como titulares a los que van a contituir el depósito?

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #5026
    14/04/16 16:56

    Pues enhorabuena por tu operación. Y eso de los destrozos? No puedes denunciar y que te compensen de alguna manera? O esque prefieres olvidarte del tema?

  14. en respuesta a mfmelo
    -
    #5026
    14/04/16 16:56

    Pues enhorabuena por tu operación. Y eso de los destrozos? No puedes denunciar y que te compensen de alguna manera? O esque prefieres olvidarte del tema?

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5025
    14/04/16 16:39

    Cierto las parcelas rústicas las carga el diablo. Pero igual sucede con los demás tipos de fincas, por lo que hay que comprar barato y no me cansaré de dicirlo, y si es muy barato, mejor. Nuestro oficio no es el de inmobiliaria, ya que estas no suelen poner nunca dinero para los inmuebles que comercializan al menos que se les ofrezca un chollo; tampoco somos entidades de crédito a los que les han dejado de pagar, ya que ellos viven de los créditos; lo nuestro es intentar equivocarnos lo menos posible en la compra, ya que no te lo ponen fácil y la inversión has de hacerla como mínimo a medio plazo (1 a 3 años), tampoco compras lo que te gusta o quieren tus clientes, sino lo que otros no pueden mantener o pagar y que a los bancos tampoco interesa quedarse.
    Es por todo lo mencionado y mucho mas, que todos sabemos, por lo que en subastas de cualquier índole, hay que trabajar con mucho margen. Los que no conocen este mundillo se creen que todo es ganancia, alegrías y fanfarria a costa de la desgracia ajena, pero en el camino se han qudado muchos inversores-especuladores-subasteros en estos años de crisis, perdiendo todo lo que habían conseguido en otrso tiempos y negocios.
    Con las parcelas me pasa igual que con los coches, unas veces gano y otras hasta pierdo o las conservo y las voy disfrutando con la familia hasta que vengan tiempos mejores. Rebugena la Alta, ya está vendida y con algo de dinero ganado. Se ha obtenido el mismo beneficio que a un inmueble normal, pero claro las espectativas, si no hubieran hecho destrozos, eran que estos fueran bestiales de alrededor de 1/5 kilo, con una inversión cutre. Esas son las parcelas.
    Saludos.

  16. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #5024
    14/04/16 08:31

    Se puede ganar mucho dinero comprando parcelas, pero también se puede perder. Yo particularmente lo perdí, motivo por el cual, desde entonces, se pueden contar con los dedos de una mano las ocasiones en las que he vuelto a comprar una parcela. Y me sobran dedos.

  17. en respuesta a toniox
    -
    #5023
    14/04/16 07:31

    Toniox, perdona por lo que te voy a decir, pero en subastas nos pasa mucho a todos, a mi muy particularmente cuando la cosa va regular o mal y es que: CONFUNDIMOS NUESTROS DESEOS CON LA REALIDAD y queremos que estos se conviertan en lo que deseamos, pero la realidad es tozuda y más fuerte que nuestros deseos. El tiempo que haya pasado no impedirá que se urbanice; la carga urbanística la inscribiran en el RP a cada parcela y el porcentaje que le corresponde; la junta de compensación ira diciendo como se van haciendo los pagos y ejecutando las obras, pero no tendrán consideración ninguna con ningún paarcelista (excepto claro está con los que son los "principales" en la junta de compensación, que suelen tener prevendas y dádivas) si la cosa no se lleva a cabo, todo pasa al ayuntamiento, el cual toma las riendas y todo os saldrá más caro aún. Por experiencia en algunas urbanizaciones te digo que no tienen consideración alguna y te arroyan, extorsionan, lo que haga falta. En otras ocasiones los vecinos lo han hecho prácticamente todo ellos y sin tantas alaracas y cuando lo han tenido terminado es cuando han legalizado. Los arquitectos, delineantes, gestores, etc, etc son los que se llevan la mayor parte del pastel y una vez comenzada no hay quien los retire del mismo. Actualmente tengo de las dos: una los propios vecinos nos hemos puesto y hecho todo, sin declarar prácticamente nada y nos han salido cantidades irrisorias, pero la otra está todo legalizado y muchos vecinos quisieran que les dieran por lo suyo, lo que les va a costar la reordenación urbana.
    Saludos cordiales.

  18. en respuesta a mfmelo
    -
    #5022
    14/04/16 01:47

    Gracias por los aportes.

    La junta de compensacion, la formaron los vecinos que eran poseedores de las fincas rusticas que deseaban urbanizar, y para ello solictaron al ayuntamiento (un pueblo de 1500 habitantes) que iniciara el estudio para el desarrollo de esas fincas. Las fincas agrupadas son unas 3 hectareas, en donde, se prentende montar un glorieta y un par de calles, y montar parcelitas de 250 metros cada una.

    La junta de compensacion ya esta formada por los vecinos...pero es del año 2007. Yo he sido adjudicatario de una de las fincas rusticas que componen las 3 hectareas...exactamente de un total de 3400 m2 es lo que se me ha adjudicado. En el castatro si esta indicada como SUELO (aunque no esta urbanizada), mientras que en Regristro de la propiedad no esta anotada ninguna carga urbanistica.

    Queda claro que es obligatorio urbanizar, pero al igual no es momento ahora, primero porque el plan de urbanizar del año 2007, marcaba un coste por parcela de 20.000 euros, y actualmente el precio de venta viene a ser lo mismo 20.000 eur ....con lo cual no hay beneficio, tan solo lo que hay es "enterrar" un dinero en parcelas, a la espera sean vendibles. Por eso en caso de no querer invertir en la urbanizacion de las fincas rusticas, entiendo que o bien me expropian las fincas para que alguien se las quede y quiera contribuir a la urbanizabilidad de las fincas rusticas, o bien el ceder un numero de parcelas que se me podian adjudicar una vez urbanizadas , a cambio de no invertir un euro en ellas.Es decir si me correpondieran 8 parcelas, pues ceder la mitad de ellas, a cambio de no invertir o gastar los 20.000 euro que me saldria por parcela.

  19. en respuesta a chustazo
    -
    #5021
    13/04/16 19:58

    Chustazo la mejor información que le aportas es: no te ayudará en nada... Toniox se ha quedado "rústico". Si hay junta de compensación, se reunen y acuerdan urbanizar, cuando este todo urbanizado todo vale mucho mas y está mejor y si no tienes dinero, va un subastero y se queda con la propiedad urbanizada, construida, etc, que es lo que le toca y debe hacer como buen buitre que es o debe ser.
    Es obligatorio urbanizar y lo primero que harán, si no lo han hecho ya, es poner carga urbanística en el RP. a la parcela en concreto y está parcela es la que soportará y la que tendrá la inscripción de carga urbanística. Yo no suelo pagar, ni al principio, ni más adelante y quien soporta la deuda es el Ayuntamiento pertinente, pero como la finca está puesta a tu nombre, todo lo que adeude te lo van a cobrar a ti. La subasta de la finca no la van a ejecutar nunca, pero la deuda la vas a tener tú y te buscaran las perras donde las tengas.
    La semana pasada quité una carga urbanística de estas de una nave de hace unos 20 años, la deuda ya está prescrita y caducada, así que me fuí al RP y la cancelé, pero el ayuntamiento me había intervenido ya los 11.000 € y pico, ahora toca recurrir, ya que la deuda no existía.
    Con todo lo que te he comentado, te digo lo mismo que Chustazo, este rollo no te ha servido de nada y te has hartado de leer.
    Saludos cordiales y si la consigna no ha sido mucha, piérdela.


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