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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #8280
    11/07/17 20:02

    Lo del efectivo descártalo, son 100 y en esos líos no me meto.
    Además a mi no me tienen que dar nada en efectivo, la venta por escrituras ha de ser por 60 y lo que recibo es 50, a la sociedad le faltan contablemente un pago de 10. No me dan de más sino de menos. No tributamos por menos sino por más, el problema está en la contabilidad de la sociedad, que debería haber entrado una cantidad y entra otra inferior.
    Si lo denuncio hacienda tendrá que devolverle dinero por haber ingresado de más y no creo me premien por ello.
    El problema me lo quieren echar a mi, al quedarme con 10€ de la venta, la tributación y beneficios serán por 60, con lo que aún he de pagar más.

    Saludos.

  2. en respuesta a jaglas
    -
    #8279
    11/07/17 19:54

    El problema que aquí se plantea es que el banco quiere que se escriture en precio de 60 y yo voy a recibir en verdad sólo 50, con arras y todo.
    En las cuentas de la sdad va a entrar un cheque bancario por ese importe, el cual quedará reflejado en la contabilidad. Como el banco dice que no se puede escriturar por menos de 60, en la cuenta faltarán 10, pero no es que me los den en B, es que no existen en verdad y el banco dice que toda lo operación se ha hecho y montado sobre una necesidad de venta de 60, poniendo ellos sólo 50, el resto le compete pagarlo al comprador y el banco dice que no va a firmar sino se hace la venta en 60. El comprador tampoco tiene que darme nada más, pero las sociedades no pueden recibir cantidades en efectivo mayores de 2.500 €.
    Las cantidades puestas son ficticias y a cada una de ellas le has de poner un (0) y verás el lío que se ha montado este comprador y en el que me veo involucrado indirectamente.

    Saludos.

  3. en respuesta a mfmelo
    -
    #8278
    11/07/17 19:46

    Podrías hacer lo siguiente:
    Escriturar por 60.000, pagar por cheque 50.000 y 10.000 pagado en efectivo.
    Al día siguiente le pones una denuncia en hacienda al comprador por pago en efectivo y como denunciante hacienda te eximiría el pago de la sanción.
    Pero ojo, si os denunciáis los dos no vale. Solamente te eximen de la sanción si denuncia una parte, no las dos.

  4. en respuesta a cdsioux
    -
    #8277
    11/07/17 19:43

    Es una buena solución y la plantearé.
    El problema principal es que has de poner un 0 a cada una de las cantidades dichas y el cacao se multiplica, yo no quiero perder la venta, pero la firma ante notario debería haberse hecho en el mes de enero y aún estamos liados.
    Al comprador tampoco le interesa perder la finca, ya que es el vecino de al lado y yo le he respetado todo este tiempo en el que él ha estado pidiendo créditos a tres entidades distintas, el jueves pasado me dijo que ya lo había solucionado todo y yo lo que quiero es hacerlo todo legal, ya que en este caso no gano dinero, sólo lo cambio por otro que invertí hace más de 10 años.
    Si aumentamos el precio de venta por algún motivo, los beneficios serán grandes y los impuestos directos son al 25% y él no los quiere pagar. El banco dice que él da un cheque bancario de 50(0) pero se escritura en 60(0), así que el resto lo debería poner el comprador, pero yo sólo quiero los 50(0) que es por lo que vendo y en las cuentas bancarias de la sdad entrarán sólo 50(0), los otros 10(0) son ficticios y que debería poner el comprador, pero que en realidad no hace falta que ponga, es sólo a efectos del banco.
    Pero tu idea la voy a estudiar, creo que es viable, a ver que me dicen mañana.

    Saludos.

  5. en respuesta a mfmelo
    -
    #8276
    11/07/17 19:34

    El contrato compra-venta privado de arras confirmatorias entre las partes, por 60K, con entrega en el mismo de 10 K (supuestamente), el resto a la escritura.

    Contablemente, no sé, se me ocurre utilizar la cta. contable 551 cta. corriente con socios administradores por los 10k. Y luego, tu como autónomo, puedes girar factura a la sociedad servicios profesionales independientes 10k, contablemente cta 623 (ingreso para tí, gasto para la empresa), contra la cta. contable 551.

    Saludos,

  6. en respuesta a mfmelo
    -
    #8275
    11/07/17 18:54

    Pon que el comprador te entrega los 10k restantes en 4 pagos aplazados a un año en efectivo (una especie de precio aplazado con condición resolutoria para asegurarte) que serán ficticios menos uno de ellos que sería equivalente a ese 25% que tendrías que pagar de impuestos y que evidentemente correrán cargo del Comprador.

  7. en respuesta a Tamvicente
    -
    #8274
    11/07/17 17:37

    Si hay hipotecas del mismo rango tiene que decirlo en una certificación de cargas y dominio. O en una nota simple también, aunque es más completa y segura una certificación.
    Con lo de la novación te quiero decir que la 2ª hipoteca no lo es en realidad, sino que es una modificación de la primera. Es una ampliación del plazo, un aumento del capital (le prestaron X dinero más de nuevo), etc....Se modifican algunas condiciones del préstamo original, y si hay más dinero de por medio cambia el valor de subasta, normalmente. Tienes que fijarte si es así o no, también lo debe poner en la certificación.

    Y lo que tienes que ver, además, es si vale la pena pagar cierta cantidad (el 70% o la que sea) comparado a lo que vale realmente en el mercado esa vivienda. No sería la primera vez que en subastas pagan igual o más de lo que vale un piso en compraventa normal.

  8. en respuesta a Pecks
    -
    #8273
    Tamvicente
    11/07/17 17:07

    Claro con q alguien pague el 70% del valor de subasta alcanza para el pago de las dos hipotecas... si fuera una novación, se considera que forma parte de la misma ejecución, verdad? Y si es una hipoteca del mismo rango aparecería inscrito en el registro? Gracias!

  9. en respuesta a mfmelo
    -
    #8272
    11/07/17 17:04

    Yo creo que...(y seguro que me equivoco)

    Si el banco da 50k y pide escriturar por 60k, es que el comprador se supone que aporta los 10k restantes, es decir, que le dan el 80% de la tasación que es lo normal,siendo esta 60k. Así que sería el comprador el que te tiene que dar los 10k en otro cheque. Lo que haga luego...

    Esta claro que a ti te tienen que entrar 60k, sino no hay manera, y luego ya depende de lo que tu puedas o no devolver y como.

  10. en respuesta a mfmelo
    -
    #8271
    11/07/17 16:57

    He oído que os sobran 10000 euros... Jejeje

  11. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #8270
    11/07/17 16:04

    Hemos pensado lo mismo jajaja

  12. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #8269
    11/07/17 16:02

    Yo firma por 60.
    El banco me da un cheque de 50.
    ¿Y contablemente donde están los 10 que faltan?
    Además que fiscalmente genero una plusvalía extra de 10.000 que tributan diréctamente al 25%= 2.500 €.

    Saludos.

  13. en respuesta a clanderjander
    -
    #8268
    11/07/17 15:59

    Pues no.
    La tributación directa sobre el tipo de sociedad limitada que tengo es del 25%, sin deduccion alguna, es directo, los gastos van por otro lado. Asi que son 2.500 € más de gastos futuros (julio de 2.018) en impuesto de sociedades.
    No puedo devolver ese dinero así como así, ya que tendría que ponerlo en efectivo en caja y es mucho dinero para ese objeto, ya tengo algo cogido.
    Por otro lado el banco dice que da cheque por importe de 50.000 € y que por obligación se ha de escriturar por 60.000, es decir yo no metería en cuenta de sociedad nada más que 50.000€, por lo que no puedo sacar nada y tendría que decir que los otros 10.000 € los he cogido prestados, pero las sociedades no pueden recibir, ni pagar importes superiores a 2.500 €..

    Gracias por tu interés y dedicación.

  14. en respuesta a mfmelo
    -
    #8267
    11/07/17 15:48

    Y si firmáis por 60.000€ y luego tú le devuelves los 10.000€ menos la cantidad que tendrías que pagar de impuestos sobre esos 10.000€ que se supone has ingresado.

  15. en respuesta a mfmelo
    -
    #8266
    11/07/17 15:41

    Se me ocurre...idea de bombero seguramente.

    Cuanto vas a pagar de más por la plusvalía de esos 10k de más, un 8% efectivo, efectivo de verdad?? Es decir, 800 euros?? Dile que sí, que escrituras por 60k pero que el precio entonces son 50k mas 2.000 euros de gestión. El te paga un cheque de 60k y tu le devuelves 8k por detras, en sobres que es lo que se lleva ahora. Como se articula eso para que el tenga seguridad en que le vas a dar lo acordado pues ni idea...JR!!!

    Tu no pierdes dinero y el se saca 8k a más para lo que quiera, como en la época de vino y rosas que la gente pedía mucho más de lo que necesitaba para ponerle tetas a la mujer o irse al caribe. No aprendemos nada de nuestros errores, caeremos mil veces en la misma piedra.

  16. en respuesta a Pecks
    -
    #8265
    11/07/17 15:07

    Si me diera 60, el tema estaba resuelto ya, pero pagar más no quiere.
    La operación bancaria está montada sobre escriturar en 60.000 € y el banco dice que en menos no se escritura, sino habrá que replantear el crédito. El cheque ha de ser de 50, me imagino que el resto a pagar debería aportarlo el comprador de su bolsillo y este no los tiene y le dijo al banco al solicitar el crédito que si los tenía.

    Ve tú a saber lo que pasa, con tantos secretismos.

    Saludos.

  17. en respuesta a Tamvicente
    -
    #8264
    11/07/17 15:07

    En la subasta sólo pagarás lo que ofrecistes. Nada más. Y eso es si la ganas. La hipoteca posterior se cancela por eso mismo, ser carga posterior. No con el dinero pagado en subasta, aunque puede llegarle algo si hay sobrante. Pero hay que ver, como ya te dije, si realmente esa 2ª hipoteca es una hipoteca totalmente distinta y no es una novación. Si son del mismo banco puede ser. O peor, puede ser una hipoteca del mismo rango y no se cancela. Pero eso tienes que averiguarlo tú.

    Y aun no siendo ninguno de los 2 casos anteriores, si son del mismo banco, normalmente deberían pujar hasta cubrir la deuda de las dos hipotecas, no sólo de la primera ejecutada. De lo contrario estarían haciendo el panoli.

  18. en respuesta a mfmelo
    -
    #8263
    11/07/17 15:00

    Pues véndeselo en 60.000€ pero de verdad. Así el banco está contento, a tu comprador no le harán paralelas seguro y tú te llevas 10.000 más de verdad, no sólo contablemente. Pero habrá que convencer al comprador que pague esa cifra.

    O sino que el banco no le dé 60k, que le dé un préstamo de 50k y listo. Se supone que el dinero lo pide el comprador, si le hiciera falta más no sé yo.....¿pero si es menos que le importa al banco??

  19. #8262
    11/07/17 14:36

    Hoy he ido a notaría para la firma de una venta de un inmueble de la burbuja, le voy a ganar muy poco, pero es el único que me ha llamado en 10 años y hay que aprovechar (es el vecino).

    La cosa se ha complicado y no se ha firmado y ya no se como afrontarlo y ha sido por lo siguiente.

    La finca vale unos 100.000 € (en la actualidad)
    Se la he vendido en 50.000 €.
    El banco la ha tasado en 80.000 y le han concedido un crédito de 60.000 €.
    El valor para Hacienda es de 54.000 € mínimo, por lo que el comprador va a tributar por ese importe, para que no le hagan paralelas.
    Todo bien, pero no se ha firmado.
    El banco dice que la venta ha de ser de 60.000 €, pero a mi sólo me dan un cheque de 50.000 € que es la venta real.

    La propiedad es de una SL mía y la contabilidad de estas empresas son muy jodidas, por lo que les he dicho que eso no puede ser, ¿como justifico los 10.000 €? que no han entrado en bancos.
    Las sociedades no pueden recibir en efectivo importes superiores a 2.500 €.

    A ver si a alguien le ha pasado y tiene alguna solución, yo lo que quiero son mis 50, pero si escrituro por 60, por esos 10 he de pagar mucho más plusvalía de beneficios, sin haberlos cobrado en verdad.
    Esta finca la quiero vender, si es posible.

    Saludos.

  20. en respuesta a cdsioux
    -
    #8261
    Tamvicente
    11/07/17 12:38

    ok. Mil gracias por tus respuestas!


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