"SS" la gente no es tontita, ni ridícula, ni esas cosas porque tú lo digas, aquí todo el mundo sabe leer y cada uno queda retratado en sus bobadas con lo que escribe, con sus mentiras, con su tinta de calamar ante preguntas comprometidas, etc.
Y tú tienes pendientes unas aclaraciones.
"SS" dice en su mensaje 104
- Recuerda que son los administradores concursales quienes ostentan la representación de las empresas.
JaJa, que aseveración, faltaria más!!!! para eso les ha puesto el Juez.
- Recuerda, SÍ, RECUERDA, que los antiguos propietarios fueron apartados de sus cargos por el Juez Pedraz, por lo que no pueden ejercer ninguno de los derechos y atribuciones que les concedería la Ley Concursal si Su Señoría no hubiese adoptado tan drástica medida.
JaJa, creo que te equivocas, el Juez Pedraz es el instructor de la causa penal, me temo que quien les aparto (como es lógico) fué el Juez mercantil, pero vamos que dá lo mismo,
es lo normal en los casos de quiebra por insolvencia.
SIGO ESPERANDO QUE INDIQUES DONDE ESTAN ESOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES QUE DICES QUE NO PUEDEN EJERCER, Y DONDE SE LE OTORGAN en la ley concursal.
- Recuerda también (bueno, ya se encarga Corsario de recordarlo) que los antiguos propietarios tienen embargados todos sus bienes. Obviar eso evidencia muy mala fe por tu parte, pues te supongo conocedor del elevadísimo coste que supone intentar pleitear contra el Estado.
Otro craso error, o una mala idea queriendo mentir tergiversar o confundir, o lo que es peor reirse de los afectados.
PORQUE LOS IMPUTADOS ESTAN AUTORIZADOS POR LA LEY CONCURSAL A CARGAR SUS GASTOS DE DEFENSA A LO QUEDA EN LA CAJA,
es decir detrayendolo de lo que hay para pagar los créditos de los acreedores, es decir de los afectados.
Por cierto que hay dos jueces, dos, uno mercantil y otro de la A.N. que decretaron el embargo de los bienes de los imputados por
ver indicios de culpabilidad