Es una lástima que no podamos solicitar extensión de efectos de sentencia en este caso.
En los procedimientos contencioso/administrativos, si dan la razón a los que han presentado la demanda judicial, los que no han acudido al juzgado, pueden solicitar la extensión de efectos de sentencia y se les aplica lo mismo que a los que han acudido a los Tribunales.
Pero esto no es un procedimiento Contencioso. Y según decís, tampoco ha habido una sentencia.
Lo malo es que, los que han acudido a los Tribunales han tenido que pagar al abogad@ y al procurador@, y esos gastos, al no haber sentencia no son resarcidos. Si el juicio se hubiera celebrado, posiblemente el juez hubiera condenado en costas a Renault.