En los bancos que tienen IBAN español, el dinero depositado está en España, aplican una retención fiscal del 19%. Cuando haces la declaración de la renta, los datos aparecen en el informe fiscal, y en el borrador.
En estos bancos, al tener IBAN español, no hay que hacer el modelo 720.
En los bancos que no tienen IBAN español, el dinero depositado está en el extranjero, no aplican la retención fiscal española. Cuando haces la declaración de la renta los datos no aparecen, ni en el i forme fiscal ni en el borrador, y hay que introducirlos manualmente en la casilla 27.
En estos bancos estas obligado a informar por primera vez a través del modelo 720 del dinero que tengas en todas cuentas y depósitos en el extranjero, que estén vigentes a 31 de diciembre, si se cumplen alguno de los siguientes casos:
- Si el saldo a 31 de diciembre es superior a 50.000€.
- Si el saldo medio del último trimestre es superior a 50.000€.