Una consulta a los más informados.
Para hacer el cobro de la nómina nº 25 (es lo que me exige el banco por los plazos), tengo 2 opciones (teniendo en cuenta que va a ser un tinto. Los 24 anteriores fueron de nómina):
1-Hacer el tinto en fechas habituales que es finales de mes (julio 24 en este caso), pero con un importe un 35% aprox. menor del habitual en los otros 24 meses anteriores de nómina.
2-Hacer un tinto por un importe similar a los otros 24 meses anteriores, pero en vez de finales de julio 24, principios de agosto 24. ¿Habría algún beneficio por el importe similar o pega por dejar julio "en blanco" y que entrase el tinto en agosto 24?.
Después, dejaría la cuenta en reposo un par de meses o 3 y la cerraría. Creo que no tiene comisión, si no recuerdo mal.