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IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

413 respuestas
IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
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IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital
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#301

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Si te entiendo más o menos . Lo que yo tengo pensado es comprar la vivienda este año y ver si me da tiempo antes de que finalice el año . 
#302

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Si vas a percibir el dinero este año, entonces tendrás que darte prisa porque recuerda que es el saldo medio del 4T o a 31 de diciembre lo que te puede perjudicar de cara al IMV... o comprarte la vivienda y no convertirla en vivienda habitual empadronándote en ella antes de acabar el año, con el handicap de que interpreto ahora vives en Bilbao y la vivienda la comprarás en Castilla-León y claro, te debes mudar de región y empadronarte allí, todo eso antes de que acabe el año, para pedir el IMV lo antes posible y luego esperar más de un año a que te lo concedan... tela...
 
(ya puedes correr y darte prisa en todo)
(ya puedes correr y darte prisa en todo)
 
 
#303

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Para eso tengo otra cuenta donde me ingresaran el dinero . No es la cuenta mía habitual . Una vez haya comprado la vivienda esa cuenta desaparece . 
#304

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Aun así, aunque a 31 de diciembre esa cuenta ya no exista, el dinero en la misma considerado como saldo medio del 4T es lo que Hacienda te imputaría como patrimonio, por lo que si el objetivo es utilizar la mayor parte del dinero para adquirir la que será tu única vivienda y empadronarte en la misma, si no quieres tener problemas cuando solicites el IMV y te revisen con el patrimonio del IRPF 2024 lo mejor es que el dinero se mantenga ahí lo mínimo posible y que la compra de vivienda y empadronamiento se realice antes de acabar el año.

Y otro detalle cuando vayas a solicitar el IMV es tener claro cuando te interesa hacerlo... si en 2023 tuviste ingresos del trabajo o patrimonio que puedan superar tu umbral de concesión del IMV frente a este 2024 si tienes claro que no has tenido ingresos, igual te interesa pedir el IMV tras hacer el IRPF 2024 el año que viene a finales de mayo de 2025 para que tengan en cuenta dicho IRPF 2024 para concederte el IMV, porque si por ejemplo lo pides en enero 2025 lo más probable es que te revisen ingresos con el IRPF 2023 para concederte o no el IMV ¿comprendes? ... es decir, si piensas que te pueden denegar el IMV si miran IRPF 2023 frente a IRPF 2024 (la declaración de la renta que harás el año que viene) es mejor que en 2025 realices el IRPF 2024 nada más comience la campaña de la renta y a finales de mayo 2025 o junio 2025 pidas el IMV para tener la seguridad de que te mirarían con IRPF 2024 en lugar de IRPF 2023.
#305

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

El plazo para hacer la declaración de este año a pasado . Debería hacerla el año que viene . De todas maneras yo ingresos no e tenido en 2023 ni en 2024 . Ingresos mínimos si pero no suficientes .
#306

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Riteckg hola,el problema que yo veo es que dice que hasta 2025 no se cambiaría la titularidad de la casa.
Y otra cosa aún suponiendo que vendiera y solicitará el imv antes de acabar el año y le concedieran el imv casi no cobraría nada de 2024,y ahora supongamos que la vivienda que adquiera no es la habitual,podría estar cobrando 2025 imv y a final de año su patrimonio ( casa+cuenta corriente+otros superase el umbral de patrimonio) y le hagan devolver todo lo cobrado.
Por eso le preguntaba si está casa sería su vivienda habitual o no,pues si lo fuese ni merecería la pena solicitar la prestación,en mi opinión claro.
En el supuesto de que si fuese vivienda habitual y aún comprando antes de acabar 2024,mi duda sería si para el patrimonio tomarían como válida la fecha que adquiere y paga los 40.000 euros o la de poner la casa a su nombre ,que dijo que sería 2025,pues en ese caso en 2024 tampoco cumpliría los requisitos de patrimonio .

#307

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Claro, es que a @davinci87 ya le vengo diciendo que tiene que hacerlo todo en el mismo año (recibir el dinero de la herencia, realizar la correspondiente liquidación de ITP, adquirir la vivienda siempre que no tenga otra en propiedad y empadronarse en la misma) con vistas también a que no tenga el dinero mucho tiempo en el banco (ya que Hacienda computa el saldo a 31 de diciembre o el saldo medio del cuarto trimestre, el MAYOR DE AMBOS, de cara a IRPF y Patrimonio) y así no le perjudique para el IMV, porque como le pille en medio el cambio de año es lo que le estamos diciendo, que no cumpliría los requisitos de patrimonio para solicitar el IMV porque IRPF 2024 (la renta que haremos el año que viene) le reflejará o un exceso de saldo bancario o una vivienda en propiedad en la que no está empadronado y que, por tanto, al no ser su vivienda habitual, le sería computada como patrimonio... por eso es vital que todo el proceso lo realice antes de acabar el año, empadronándose antes del 31-12-2024 en su nueva vivienda, para que a efectos de solicitar el IMV y revisar la Seguridad Social su IRPF 2024 en su momento (ya sea como base de la solicitud o más adelante en la revisión anual) no tenga problemas con el IMV ni exceso de patrimonio.

Si le pilla el cambio de año y no ha culminado todo el proceso, pues en IRPF 2024 le aparecerá patrimonio o de saldo bancario o de una vivienda en propiedad sin uso en donde no reside ni está empadronado, por lo que suponiendo que en 2025 ya se empadronase y culminase el asunto, tendría que pedir el IMV allá en junio de 2026 tras haber presentado la declaración de la renta nada más empezar campaña (y hablamos del IRPF 2025) para que le concediesen el IMV sin problemas... así de importante es hacerlo todo en el mismo año.

Yo es que ya no sé cómo explicarlo más sencillo para que se entienda, la verdad, que solo es cuestión de entender un poco la mecánica del proceso, ser previsor y planificarse.
#308

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Hola. Me gustaría plantearles una duda sobre las compraventas y el IMV. Soy propietario de un almacén y perceptor del IMV (1 Adulto y 1 menor). El caso es que quiero vender ese almacén por 16.000€ el próximo mes de octubre (es el mismo valor por el que lo recibí) ¿Afectaría negativamente esto al cobro del IMV? ¿Podrían pedirme devolver lo que he cobrado este año de IMV por ello? Gracias.
#309

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

El inmueble no es para vender . La adquiero para empadronarme en ella y vivir como primera vivienda . De lo que tengo informado es que tu vivienda habitual en l que resides no la cuentan como patrimonio a la hora de solicitar IMV . Si es cierto que me contaran como ingresos lo que me quede limpio después de comprar la vivienda . Que serán unos 14. 
Si me pregunto a la hora de realizar la declaración el año que viene . Me contarán los ingresos de este . Si compro vivienda 2023 y el proceso de compra finaliza en 2025  . Y ya no me quedaría. Ningún ingreso en cuenta . Podria ser beneficiario de IMV ?
#310

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

No tengo trabajo desde principios de 2023 asta hoy . Voy a cobrar una cantidad de dinero . Y me voy a comprar mi primera vivienda me voy a empadronar yo y mi hijo . La vivienda  me cuesta parte de ese dinero . Y las escrituras unos 7.000
Me quedare algo de dinero limpio . Podría solicitar IMV ? O me lo denegará por recibir ese dinero este año . La IMV la solicitaré en enero 2025. Si no me da tiempo a solicitarla a finales de este año 
#311

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Por esos importes que hablas no debería afectarte, siempre que el saldo de tus cuentas bancarias junto con la suma del dinero que percibas por la venta del almacén no supere el umbral de patrimonio de tu unidad familiar (no más de  28.495,07 euros en total para un adulto y un menor en este 2024, ya sea el saldo a 31/12/2024 o bien el saldo medio del 4T de este 2024, pues el mayor de ambos es el que considera Hacienda para el IRPF)
#312

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Tus dudas las tienes respondidas en todo lo que te he ido exponiendo en mis post anteriores, así que por no repetirme si acaso mejor vuélvete a leer el hilo de nuevo, y, si aun así todavía tienes dudas, pregúntame solo esas dudas concretas... a estas alturas con todo lo que te hemos ido comentando tanto tú como cualquiera en una situación similar debería tenerlo todo no claro, sino cristalino o 100% transparente.

Otra cosa no te puedo decir.
#313

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Riteckg te lo ha ido explicando paso por paso,el único problema que yo veo es que la casa hasta el 2025 no estará a tu nombre y lo que deberías es no superar el patrimonio a finales de 2024.
Lo podrías hacer con un contrato privado en el que se refleje que entregas esos 40000 euros destinados a la compra de vivienda habitual
#314

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Buenos días, gracias por su respuesta de ayer. Resulta que revisando la información, este almacén que lo recibí por donación por valor 16.000€ en su día, he visto que en mi renta aparece en patrimonio solo 5.500€ de valor en patrimonio ¿Es esto normal? ¿Si realizara una donación del almacén en vez de compraventa me afectaría? ¿Puede repercutirme si la donación se tiene que hacer por el mismo valor que lo recibí 16.000€ apareciendo en mi renta esos 5.500€? Gracias.
#315

Re: IMV y compra de vivienda - Ingreso mínimo vital

Sí, es normal, porque una cosa es el valor de mercado (se te valoró en 16.000€), el valor catastral (los 5.500€ que te aparece en el IRPF como patrimonio) y luego estaría el valor de referencia, muchas veces más cercanos al valor de mercado que al catastral y que algunas CCAA están usando para detectar fraudes en operaciones de compra-venta de inmuebles (si vendes una propiedad por debajo del valor de referencia te podrás encontrar una sorpresa de Hacienda en un tiempo).

Las dudas tan concretas que planteas mejor deberías hacerlas a un asesor o empresa especializada en temas inmobiliarios.  A título personal, solo te diré que deberías localizar el valor de referencia de dicho bien inmobiliario y la venta reflejarla como mínimo por ese importe, pero mejor acude a profesionales que te orienten al respecto.