sentencias recientes de Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) han determinado la ilegalidad de reclamar devoluciones del Ingreso Mínimo Vital (IMV) cuando el error ha sido de la Administración y el beneficiario ha actuado de buena fe, yendo en contra del reintegro del dinero. Estas sentencias aplican la doctrina
Cakarevic del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que protege el derecho de los beneficiarios a no devolver prestaciones si no hubo mala fe y la ayuda es su sustento básico.
Cómo se determina la ilegalidad del cobro indebido
Para que se considere que los cobros indebidos del IMV son ilegales y no deban devolverse, se deben probar tres requisitos:
-
No mala fe del beneficiario:
- El beneficiario no debe haber colaborado en el error de la administración ni haber ocultado información relevante.
Error exclusivo de la Administración:
La administración debe haber calculado mal los importes o no tener en cuenta las circunstancias personales de la persona que solicita la ayuda.
Situación de vulnerabilidad:
Al momento de la concesión de la ayuda, la persona debe haber estado en una situación de vulnerabilidad, necesitando el IMV para cubrir sus necesidades básicas.
Base legal y precedente
-
Doctrina Cakarevic:
- Se basa en una sentencia del TEDH y establece que el reintegro de prestaciones indebidamente percibidas por error de la administración no procede si el beneficiario actuó de buena fe y la ayuda es su sustento.
Confianza legítima y equidad:
Además de la doctrina Cakarevic, los tribunales consideran la confianza legítima del beneficiario y la equidad del sistema, especialmente cuando la administración actúa de oficio.
Precedente en otros TSJ:
La sentencia de La Rioja es un ejemplo que sienta un precedente legal para anular las devoluciones de cobros indebidos en estas circunstancias.