Muchas gracias por contestarme tan pronto, entiendo que:
Si he hecho mi primera compra el día 1-2-2015, podre compensarme todas las minusvalías de las ventas que realice, incluso aunque las halla hecho al día siguiente, es decir si durante el mes de febrero he obtenido de un mismo valor y solo realizando ventas minusvalías y plusvalías que se compensan entre si (ya tiene que ser volátil esto) y suponiendo que la ultima minusvalía es de una venta el día 28-2-2015, si quisiera volver a comprar, debería esperarme por lo menos al día 1-5-2015 (a lo mejor podría esperarme al día 29-4-2015 pero como febrero es el mes raro que solo tiene 28 días, mejor no arriesgarse).
Entiendo también que siguiendo el caso anterior, si mi ultima minusvalía fue el ultimo día de febrero, si he seguido vendiendo en marzo y abril, pero con plusvalías, no me afectara para nada esas ventas a la hora de una posible recompra el día primero de mayo.
Ahora me dejas otra duda con eso de que valores entran dentro de la regla esta: Yo había pensado principalmente en valores ibex y del resto del continuo con los que no creo que halla ningún problema pero también en ETF, uno de ellos el ETF IBEX BBVA y otro el ETF IBEX de LYxor, los dos son bastante líquidos pero ya no se exactamente si cumplen con eso.
Saludos y gracias