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Re: ITP reducido en Castilla la Mancha
1. Si el total de la tasación sale por debajo de 180.000€ ¿Podría liquidar al 6% por este valor?
Asumiendo que sale por debajo de 180 pero por encima del precio de compra, yo entiendo que si, puesto que asumes el valor de tasación como el real, y lo utilizas para liquidar, siendo inferior a 180.000. Pero no estás libre de que te inicien un procedimiento de comprobación, que no debería prosperar, pero que a lo mejor te toca pelearlo.
2- Si el total de la tasación sale por encima de 180.000€, pero la vivienda por menos, ¿Podría liquidar la vivienda por el 6% y el resto por el 9%?
La única manera de hacer eso sería comprando la vivienda un día, y el resto en otro momento. Así, solo se consideraría vivienda habitual lo que es el piso, quedando fuera el resto de elementos, a todos los efectos, incluidos los del IRPF, es decir, el garaje y el trastero te generarían imputaciones de rentas todos los años. Es como darle la vuelta al asunto. No se si merece la pena...
Además, es probable que no lo acepten de primeras e intenten liquidar todo al tipo general, yo lo he visto hacer así y a veces ha colado y otras no tanto.
Además, es probable que no lo acepten de primeras e intenten liquidar todo al tipo general, yo lo he visto hacer así y a veces ha colado y otras no tanto.
Un saludo