Re: Desgravación vivienda 2011
¿Estás seguro en lo de 9040?
¿No era 9015 euros el máximo deducible anualmente? ¿O han cambiado el límite recientemente?
¿Estás seguro en lo de 9040?
¿No era 9015 euros el máximo deducible anualmente? ¿O han cambiado el límite recientemente?
Contrato de arras es la señal. Está regulado en el Código Civil. Si desistes de la compraventa, pierdes la señal. Si desiste el vendedor, te tiene que indemnizar con el doble de la señal.
Artículo 1454 Código Civil.
Saludos.
Ahora es 9.015 euros. En el famoso Proyecto está previsto, de momento, el cambio a 9.040 euros.
Saludos.
Ah! es bueno saberlo. Lo tendré en cuenta en el pago para construcción del próximo año. :-)
Gracias!
gracias por tu respuesta, pero voy a extender mas mi pregunta:
Vamos a comprar un piso, en un edificio que esta en construccion, en mayo dimos cierta cantidad a la promotora (10.000€) y firmamos un documento de reserva ¿es eso el contrato de arras?
Antes de finalizar el año aportaremos el 10% del valor de la vivienda incluyendo el iva (nos descontaran los 10.000€ que ya pagamos)y firmaremos un contrato (no se si ante notario o no), por tanto entiendo que ya comenzamos a pagar el piso ¿es esto es el contrato de arras?. Si lo es, por lo que he leido no podre disfrutar de la desgrabacion de vivienda existente asta ahora al superar el limite de ingresos
Sí que es un contrato de arras. En cuanto si podrás desgravar el próximo año, yo creo que todo está en el aire hasta que veamos como queda definitivamente el Proyecto de Ley de Economía Sostenible que originó este hilo y:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/553054-desgravacion-vivienda-2011-ley-sostenibilidad
Saludos.
Impresionante que rapidez de respuesta,deberias llamarte fast o speed en lugar de empty.
Tengo otra pregunta para ti, o para cualquier otro del foro:
En mi actual vivienda habitual he realizado la subrrogacion con ibanesto, me costo pero lo consegui, el credito con el banco anterior ha quedado por tanto anulado, a la hora de desgrabar en el irpf por inversion en vivienda supongo que podre incluir las cuotas de ambos creditos en 2010, y rizando el rizo, podria de alguna manera incluir los gastos de subrrogacion, notaria..., apesar de que ibanesto fue quien los abono, se que parece un poco miserable por mi parte, pero si cuela no pienso avergonzarme.
P.D.:LOS BANCOS SON EL ENEMIGO
No hay problema en desgravarte las cuotas de ambos créditos. En cuanto a los gastos de subrogación y notaría, en principio no porque no les has pagado tú.
Otra cosa es que cuele, si por ejemplo, la factura de la notaría está a tu nombre.
Saludos.