#61
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo estoy cada vez más convencido de que te aplicarán P.Max - Coef. Transitorio, es decir:
P2024= P. Max menos 5,7%.
El temor que tienes de que te apliquen, P Max - 21%, estoy seguro que no, pues para eso esta la DT, que no es ni más ni menos que una "salvaguarda" para las personas que como tu, están o estamos cercanos a la edad de jubilación y que no salgamos excesivamente perjudicados, respecto a la forma de aplicación anterior al 1 de Enero de 2024. El párrafo 1 dice, "de manera que la pensión reconocida no sea INFERIOR a la que habría correspondido con las normas vigentes en 2021" . Si se diese el caso de que hubieras dejado de trabajar antes del 1 de Enero de 2022 o estuvieras implicado en, creo un ERE u otras situaciones similares, te harían un doble calculo con las normas de 2021 y te aplicarían lo mas beneficioso para tu caso, eso es lo que dice el apartado 3 de la DT34. Dentro de 10 años, en 2033 si se aplicaría como tu temes y si la persona afectada dejo de trabajar con estas condiciones, seguro que le aplicarían las normas de 2021.
Este es mi modo de ver la aplicación de la DT, y que como he dicho antes a la espera de que publiquen algo que lo explique, conocer algún caso, o actualizar el Simulador será la manera de estar SEGUROS y CONVENCIDOS de que esto se aplica así, o si no, conocer su modo de aplicación, que ya esta bien después de dos años de la modificación de la ley, un mes y medio casi, de la entrada en vigor y no saber como se aplica.
P2024= P. Max menos 5,7%.
El temor que tienes de que te apliquen, P Max - 21%, estoy seguro que no, pues para eso esta la DT, que no es ni más ni menos que una "salvaguarda" para las personas que como tu, están o estamos cercanos a la edad de jubilación y que no salgamos excesivamente perjudicados, respecto a la forma de aplicación anterior al 1 de Enero de 2024. El párrafo 1 dice, "de manera que la pensión reconocida no sea INFERIOR a la que habría correspondido con las normas vigentes en 2021" . Si se diese el caso de que hubieras dejado de trabajar antes del 1 de Enero de 2022 o estuvieras implicado en, creo un ERE u otras situaciones similares, te harían un doble calculo con las normas de 2021 y te aplicarían lo mas beneficioso para tu caso, eso es lo que dice el apartado 3 de la DT34. Dentro de 10 años, en 2033 si se aplicaría como tu temes y si la persona afectada dejo de trabajar con estas condiciones, seguro que le aplicarían las normas de 2021.
Este es mi modo de ver la aplicación de la DT, y que como he dicho antes a la espera de que publiquen algo que lo explique, conocer algún caso, o actualizar el Simulador será la manera de estar SEGUROS y CONVENCIDOS de que esto se aplica así, o si no, conocer su modo de aplicación, que ya esta bien después de dos años de la modificación de la ley, un mes y medio casi, de la entrada en vigor y no saber como se aplica.