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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#46

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La pensión máxima se ha incrementado nominalmente, pero su poder adquisitivo es el mismo. Por lo tanto si no ganas poder adquisitivo y te aumentan los coeficientes reductores, te perjudica la nueva normativa y carece de sentido el apartado 1 de la DT 34ª. Es el quid de la cuestión y lo que estamos intentando aclarar. ¿Según tu interpretación, para qué pusieron ese apartado si ya se preveía que con el ipc la pensión máxima subiría más que el efecto negativo de los coeficientes transitorios?
#47

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ese cálculo de IPC, nos guste o no, es el que por ley se utiliza para subir las pensiones, estoy de acuerdo que no nos asegura el poder adquisitivo, pero así lo marca la ley. Con respecto a eso, y utilizando el mismo criterio para la subida de la pensión Máxima que han implementado por ley, los años anteriores no llegaron a subir un 2%, por este motivo, creo que los dos años de "carencia" y las tablas de la DT que han implementado, pensaron que esa absorción de la que habla el apartado 1 iba a ser posterior al 2024, en base a esto, creo que el exagerado aumento del ipc de estos últimos años, les ha pillado/roto sus cálculos, quien podía predecir que el IPC iba a llegar a un 10% como hemos tenido?.  
#48

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sigo pensando que la evolución de la pensión máxima del sistema indicada en la DT 34ª se refiere a la prevista subida superior a la general de las pensiones, que al final se producirá a partir de 2025 y no desde este año, como inicialmente tenían pensado. En 2024 el coeficiente reductor para 24 meses de adelanto sería 5,7,en vez del 4 anterior, sólo 1,7 de diferencia, cuando la subida de ipc inicialmente prevista en 2021 para los años siguientes estaba ya entorno al  2%. No tiene sentido que introdujeran el apartado 1 de la DT 34ª, que fue lo último que se pactó, si no va a descontarse el efecto IPC. No obstante, estoy esperando un criterio de gestión sobre esta cuestión,  pues la información que dan es mínima e imprecisa. 
#50

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esta es la respuesta a una queja hecha hace unos días respecto a la falta de respuesta y conocimiento por parte de los CAISS en relación a la DT34. Con esta respuesta, creo se puede entender que el aumento de coeficientes del apartado 1 de la DT34 ha sido absorbido.
#51

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A ver si lo entiendo de una vez por todas:

Si tu base reguladora supera la pensión máxima de 2024 y te estás jubilando de forma anticipada voluntaria este mismo año, a los 63 años (2 años de anticipación) porque cumples todos los criterios que se exigen para ello, el coeficiente reductor que se aplica no es el general (21%) sino el del período transitorio (5.70%) pero sobre la pensión máxima (3175 euros).

Es decir, la pensión que te quedaría sería de 3016 euros (brutos)

Si no es así, por favor que alguien me lo vuelva a explicar.

Muchas gracias y un saludo a todos
#52

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Basándome en esta respuesta, y la que me dieron hace unos días en otro CAISS presencial con mi Base Reguladora, superior a la P. Máxima, jubilandome con 63 años y más de 44,5 años cotizados me aplicaban el 4,9%, esta última información era verbal, no conocía criterio de aplicación, simplemente que a mi me beneficiaba y que se me aplicaba la DT. Yo me lo creeré cuando conozca casos similares al mío, y/o el Simulador este actualizado con la DT, que por cierto, tengo respuesta a otra queja en la que me responden, están trabando en ello y prevén tenerlo actualizado a primero de Marzo. 
#53

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues asi es como lo entiendo yo, y estoy rezando porque así sea. Es lo que interpreto del párrafo quinto de la carta que pone domingol. Pero ya sabes que la opinion que vale es la del INSS. A ver si alguien puede dar un ejemplo ya real. 
Por cierto, en tu cálculo, 3175×(1-5,7/100) no da 3016€. Suponogo que habrás utilizado el 5,7 para referirte a la tabla de coef temporales al igual que los definitivos con 21%.
#54

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

https://www.seg-social.es/descarga/100106

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y ASISTENCIA JURÍDICA Criterio de gestión: 4/2022 Fecha: 14 de enero de 2022 Materia: Aplicación de la disposición transitoria trigésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, añadida por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. 

Seguimos esperando un criterio de gestión sobre este tema, que sería lo lógico.
#55

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estoy de acuerdo, con ese criterio no haría falta nada mas
#56

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sí, tienes razón, me debió "bailar" alguna cifra al teclear la operación. Lo correcto sería 3175 menos el 5.7%. Es decir 2994 euros de pensión bruta.

Un saludo
#57

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esto debería aparecer en prensa para que la gente viera como funciona el sistema. Si alguien conoce a un  periodista en este foro tiene la información suficiente para escribir en el artículo. 
Es increíble que una disposición transitoria del 2021 aún no se sepa aplicar en el 2024. Las personas que se puedan jubilar anticipadamente de este año en enero o febrero me imagino que estaba esperando a que se aclaren
#58

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo debo reconocer que todavía no tengo muy claro como se va a proceder por parte de la Administración.

En mi caso, con una Base Reguladora de 3559 Euros, y menos de 38'5 años cotizados, quiero jubilarme este año con 24 meses de adelanto, y no sé si me van a aplicar coeficientes reductores sobre esa Base Reguladora (y si es así, el 16% o el 21%), o sobre la pensión máxima (y si es así, el 21% o el 5,7%).

Ojalá se aclare el tema, o pongan en funcionamiento de una vez por todas el simulador en su versión actualizada y correcta.
#59

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Parece claro que en tu caso, las alternativas son el 5,7 % del apartado 2 de la DT34ª, o el 4% de la legislación vigente en 2021, según interpreten y apliquen el apartado 1 de la misma, pero no más. Otra cosa carecería de sentido y debería recurrirse ante la Justicia Social.
#60

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias.

Pero en este mismo hilo, según el ejemplo compartido por el compañero Luvaq, sería algo así:

EJEMPLO 1:
Jubilación anticipada en 2024
Pmax = 3175 euros
Base reguladora BR = 3559 euros
Periodo de cotización menor a 38,5 años
Anticipación 2 años o 24 meses
Coeficiente de anticipación nuevo = 21% = 0,79
Coeficiente de anticipación transitorio = 5,7% = 0,943
Coeficiente de anticipación antiguo = 16% = 0,84

Como BR es mayor que Pmax calculamos las dos pensiones:
P2024 = Pmax menos el 21% = 3175*0,79 = 2508 euros
P2021 = BR menos el 16% = 3559*0,84 = 2990 euros

Como P2024 es menor que P2021, la pensión es P2021 = 2990 euros


Si el cálculo fuera simplemente el coeficiente reducido del 5,7% sobre Pmax, como han comentado otros compañeros, sería de 2994 euros, es decir prácticamente lo mismo en mi caso.

Mi temor es que apliquen el coeficiente reductor del 21% sobre la Pmax, sin coeficiente transitorio, ni comparación con P2021, y entonces la pensión quedaría en 2508 Euros, que es bastante menos. Tendría que esperar alrededor de un año adicional para jubilarme, o perder casi 500 euros al mes.

A ver si se pronuncian de forma clara y rotunda.