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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hola, Viendo varias rectificaciones que llevo hechas a lo largo de los años, mías y no mías, la cantidad de 622,47 corresponde a la declaración inicial, por tanto hubo de pagar en su momento esta cantidad, ahora, al hacer la rectificación arroja directamente la cantidad de -345,14, que es la cantidad que le van a devolver ahora, si en su momento pagó 622,47 y ahora le devuelven 345,14, esto quiero decir que habrá pagado en su conjunto la resta de estas dos cantidades 622,47 menos 345,14 son 277,33 €, este hubiera sido el resultado de la primera declaración bien hecha y sin necesidad de rectificar.